La Comisión Europea ha descartado este miércoles introducir a nivel de la UE una velocidad mínima de conexión a Internet de banda ancha entre las obligaciones de servicio universal en materia de telecomunicaciones.
Bruselas alega que hay demasiadas diferencias en el grado de
despliegue de la banda ancha entre los Estados miembros y que tendría
demasiados costes.
La inclusión de la banda ancha de alta velocidad entre las
obligaciones de servicio universal fue una de las prioridades de la presidencia
española durante la primera mitad de 2010. De hecho, hasta ahora sólo España,
Finlandia y Malta prevén una velocidad mínima en sus respectivas legislaciones
nacionales.
Tras realizar una amplia consulta pública, el Ejecutivo
comunitario "ha concluido que no sería apropiado, en este momento, fijar a
nivel de la UE una única velocidad de conexión de banda ancha en las reglas de
servicio universal".
Las normas vigentes de la UE en esta materia datan de 2002 y
garantizan el acceso de los europeos a las redes telefónicas públicas y a
servicios como acceso a Internet básico a precios asequibles. El Ejecutivo
comunitario ha decidido que no es necesario introducir ninguna modificación.