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MVS pide a la Cofetel que no licite canales por apagón en México

Escrito por Nicolas Largo el martes, 10 de abril de 2012 | 11:12

Multivisión (MVS) reclamó a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) que en el proyecto para la transición digital terrestre se permita a los concesionarios de televisión la multiplexación de canales.

MVS señaló que los planes de la Cofetel violan el principio constitucional de equidad y propiciará la concentración de canales digitales en manos de las televisoras que hacen transmisiones analógicas.
La empresa señaló que el acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del acuerdo por el que se adopta el estándar tecnológico de televisión digital terrestre, y se establece la política para la transición a la televisión digital terrestre, privilegia a concesionarios y permisionarios de canales de televisión, al permitirles obtener concesiones en materia de telecomunicaciones y prestar servicios adicionales sin someterlos al procedimiento de licitación pública al que se encuentra sujeto cualquier otro interesado, y enfatizó que además no mediaría el pago de una contraprestación a cambio de la nueva concesión.
De aprobarse estas disposiciones, advirtió MVS, se vulneraría el principio de igualdad, ya que todos los prestadores de servicios deberían ser tratados bajo el mismo régimen jurídico; al mismo tiempo vulnera la competencia y libre concurrencia que establecen los artículos 25 y 28 de la Constitución porque lo planteado por Cofetel representa barreras al mercado de televisión abierta, obstaculiza la libre concurrencia y propicia las prácticas monopólicas de los agentes que pretenden hacer uso del poder sustancial que tienen en el sector de la radiodifusión.
La opinión de MVS sobre el proyecto de la Cofetel para la transición a la televisión digital terrestre se emitió antes de que el órgano regulador enviara la respuesta al dictamen preliminar que emitió la Cofemer y que no varió su contenido en lo sustancial.
MVS señala que los concesionarios favorecidos violarían también el artículo 28 constitucional, porque los títulos de concesión que se les otorgan son para servicios específicos y ahora con un simple aviso podrían ofrecer múltiples programas o transmisiones móviles del servicio de radiodifusión.

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