El Tribunal Supremo español confirmó una condena impuesta a Telecinco, por la que la cadena de TV deberá pagar una multa de 470.000 euros por anuncios encubiertos.
Los magistrados de la
Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, presididos por
Pedro José Yagüe Gil, desestimaron así el recurso interpuesto por Telecinco y
confirmaron la sanción impuesta en 2007 por la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información del Ministerio de
Industria, que consideraron que la televisora publicitó, en forma encubierta,
el complejo residencial de Marina d’Or en cinco capítulos de la serie 'Yo soy
Bea' emitidos en 2007.
Telecinco alegó que no
percibió remuneración alguna por parte de Marina d’Or y señaló que el
"emplazamiento de producto" es "una práctica habitual en el
sector audiovisual". Los magistrados del Supremo rechazan este argumento e
indican en la sentencia hecha pública que tuvo lugar “una publicidad encubierta
y no una presentación de producto", según informa El Mundo.