Ponen límites al uso que le dan las empresas de telefonía móvil a los mensajes de textos (SMS) y mensajes multimedia (MMS).
La Comisión de Regulación de Comunicaciones de Colombia (CRC) determinó el miércoles límites al uso que le dan las empresas de telefonía móvil a los mensajes de textos (SMS) y mensajes multimedia (MMS).
Mediante la resolución 2229 del 28 de octubre de 2009 indica que los usuarios tienen derecho a "solicitar en cualquier momento la exclusión, rectificación, confidencialidad o actualización de datos del operador de telecomunicaciones utilizadas para enviar mensajes cortos de texto y mensajes multimedia, con fines comerciales o publicitarios, para lo cual los operadores deberán proceder de forma inmediata", cita La Tarde.
La CRC habilitará el Registro de Números Excluidos (RNE) en el cual los usuarios podrán inscribir su número telefónico de forma gratuita, con el fin de evitar la recepción de ese tipo de mensajes.
El RNE será administrado por la Comisión y cada número inscrito aparecerá al día (hábil) siguiente. De otro lado, en cuanto a los operadores que comercializan los contenidos, deberán "confrontar y actualizar las bases de datos de usuarios para esta clase de envíos" con el registro y retirar a los usuarios que se hayan inscrito, para lo que contarán con cinco días hábiles desde la fecha en que el usuario ingresó su número.
Los operadores tendrán que informar a los suscriptores de la existencia del RNE y darles a conocer sus derechos sobre la recepción de los SMS.
También se estipula que el horario para enviar los mensajes, consentidos por los usuarios, deberá ser de ocho de la mañana a nueve de la noche y en el caso de que se transmitan fuera de la franja horaria, los abonados deberán ser previamente informados.