La Comisión Nacional de la Competencia de España (CNC) aprobó fusión de las cadenas Telecinco y Cuatro, sujeta a una serie de condiciones que estarán vigentes por tres años, prorrogable por otros dos.
En cuanto al mercado publicitario, Telecinco se compromete a
no vender en un mismo paquete comercial la publicidad de los dos canales en
abierto de mayor audiencia que controla, con la condición adicional de que la
audiencia conjunta de los canales incluidos en un paquete comercial no supere
el 22%. Tampoco podrá desarrollar políticas de venta vinculada de los distintos
paquetes.
Respecto al segundo bloque, Telecinco no ampliará su oferta
de canales de televisión en abierto mediante el arrendamiento de canales de TDT
de terceros operadores. También se compromete a no bloquear las mejoras de
calidad que puedan querer lanzar sus competidores Net y La Sexta, con los que
comparte canales múltiples de TDT hasta 2015.
Las condiciones que Telecinco acepta para contrarrestar su
poder como demandante de contenidos audiovisuales consisten en limitar a tres
años la duración de los contratos de compra de contenidos en exclusiva, como
películas y series, para garantizar que salgan periódicamente al mercado.
También se limita a cinco años el periodo de explotación en
exclusiva en abierto de una película. La cadena se compromete además a
restringir su capacidad para excluir a las productoras de televisión nacionales
como oferentes de programas a competidores en abierto.