El Senado de Paraguay sancionó el proyecto de ley que regula la potencia máxima que podrán tener las radios comunitarias, de entre 50 watts a 300 watts. Las emisoras comerciales están entre 1.000 y 50.000 watts.
Se desestimó la postergación solicitada por el oficialismo.
Organizaciones sociales pedirán al Poder Ejecutivo que vete la normativa.
El proyecto que
modifica varios artículos de la Ley 642/95 “De telecomunicaciones” fue
arduamente debatido y finalmente aprobado por mayoría. Ahora se remitirá al
Ejecutivo para su promulgación o veto, para lo cual tiene un plazo de seis días
hábiles.
Una de las modificaciones principales introducidas a la Ley
de Telecomunicaciones es establecer que las radios comunitarias, educativas,
asociativas y ciudadanas estarán designadas como de pequeña cobertura, hasta 50
watts y de mediana cobertura, hasta 300 watts.
Las emisoras comerciales están
entre 1.000 y 50.000 watts. También se establece expresamente que estas radios
podrán emitir programas de carácter cultural, educativo, artístico o informativo,
además de no tener fines de lucro ni comerciales, tampoco serán arrendadas por el prestador ni podrán
efectuarse en ellas mención, publicidad o propaganda en ninguna de sus formas.
El dictamen de la comisión de Legislación recomendaba
modificar el texto de Diputados, pero
estuvo ausente el senador Marcelo Duarte (PQ), que tuvo a su cargo el estudio,
y nadie más manejaba los argumentos. Algunos senadores solicitaron el aplazamiento, pero la mayoría optó finalmente
por el tratamiento y la aprobación del proyecto sin ningún cambio. Según el
senador liberal Fernando Silva Facetti, las modificaciones subsanan falencias y errores que tenía la
actual normativa y permitirán al Consejo Nacional de Telecomunicaciones
(Conatel) perseguir a las radios “mau” que actualmente pululan por todo el país.
La Asociación de Radios Comunitarias del Paraguay, en un
comunicado a la opinión pública expresó su rechazo al proyecto de ley y pide
que el Ejecutivo lo vete.