La AFIP reglamentó la aplicación de una versión del IVA para las operaciones de compra y venta de productos y servicios por internet, que regirá a partir del 1 de enero 2011.
(comunicarinfo) La Administración Federal de Ingresos
Públicos de Argentina (AFIP) reglamentó un IVA especial para las operaciones de
compra y venta de productos y servicios a través de Internet, que regirá a
partir del 1 de enero de 2011.
La resolución, publicada en el Boletín Oficial, establece
que las plataformas de comercio electrónico como MercadoLibre o Más
Oportunidades comiencen a ser agentes de retención de impuestos, dado su rol de
intermediarios en operaciones de compra y venta.
La AFIP dispuso que pagarán IVA aquellos usuarios que en un
mes calendario vendan "cosas muebles nuevas, locaciones y/o prestaciones
de obras y/o servicios, concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente",
según reporte de la agencia NA.
Esas operaciones, que involucran a una gran cantidad de
usuarios individuales, deben realizarse en un mismo portal virtual para ser
gravadas, y tendrán que ser iguales o superiores a la cantidad de 10 o cuando
la suma de los montos sea igual o superior a los USD3.682.
La medida afectará a millones de pequeños y medianos
comerciantes y consumidores involucrados en esta alternativa de comercio, que
hasta ahora presenta grandes ventajas respecto de la vía tradicional.