La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) dispuso los plazos para la vigencia de los porcentajes de contenidos de los medios de comunicación audiovisual según sus categorías.
De acuerdo a
lo publicado por el Boletín Oficial, la AFSCA dictó la resolución 474/2010 en
la que se establecen las cuotas mínimas de contenidos de producción propia,
nacional, local, programación infantil y de música argentina e independiente,
conforme a la ley 26.522.
En los
fundamentos, señala la resolución, se considera "necesario fijar el inicio
de la efectiva vigencia del artículo, teniendo en cuenta para ello el servicio
de comunicación audiovisual de que se trate".
En el caso de
los servicios con área de prestación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
fija el inicio el 1º de marzo de 2011; en ciudades con más de 600.000 habitantes, el 1º de abril; con menos de 600.000, el 1º de mayo; y en el caso
de ciudades con menos de 100.000 habitantes, el 1º de junio de 2011.
Asimismo,
deja sin efecto para 2011, el tope de 50% de espacios informativos
dentro del cálculo de la producción local, establecido en el artículo 65,
inciso 2b del anexo del decreto 1225/2010
que reglamenta la ley 26.522. En el último artículo, la resolución indica que las tres horas mínimas destinadas
a la programación infantil, incluyendo el mínimo de producción nacional
-establecido en el decreto reglamentario para
la televisión abierta-, "deberán ser distribuidas equitativamente
en dos medias jornadas diarias de transmisión".
