El Tribunal General de la Unión Europea rechazó las medidas cautelares solicitadas por Sogecable para evitar pagar los impuestos para la financiación de Radio y Televisión de España (RTVE) que le corresponden por ley hasta que la corte europea dicte sentencia sobre el recurso que ha presentado ante la Justicia europea.
En un auto publicado, el tribunal considera que
Distribuidora de Televisión Digital (DTS), participada al 100 % por Sogecable,
no ha acreditado el perjuicio que le supondría la aplicación de dicho impuesto
ni la urgencia de tomar estas medidas provisionales.
La filial de Sogecable DTS, en su condición de operador de
televisión de pago, está obligada a pagar una aportación anual a la
financiación del ente público equivalente al 1,5% de sus ingresos brutos de
explotación, lo que según las fuentes ascendería a unos 16,7 millones de euros
para el conjunto de los ejercicios 2009 y 2010.
