La Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) y el Centro de Archivos y Acceso a la Información (CAInfo), denunciaron la decisión de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) de negar al sindicato de los trabajadores de la comunicación, información relativa a la cantidad de abonados a la televisión cable que declaran distintas empresas en varias localidades del interior del país.
La URSEC alega que dicha información es confidencial en virtud de que se trata de datos personales amparados por la Ley de Protección de Datos (18.331), ya que fue recabada con una finalidad distinta a la de hacerla pública.
APU requiere esa información para calcular una prima por productividad que se pagaría a los trabajadores a partir de la cantidad de abonados de cada empresa. Esta información también debe ser pública, porque se trata de la base de cálculo para el pago del canon por parte de las empresas de televisión para abonados.
Ambas organizaciones iniciaran una Acción de Acceso a la Información Pública ante el Poder Judicial ya que no comparten el criterio establecido por el Consejo Directivo de la Ursec. La cantidad de abonados que declara cada empresa no es un dato sensible que afecte la privacidad de ninguna persona, ya que ni siquiera se solicita el nombre de los afiliados.
Se trata simplemente de una información en poder de un organismo del Estado, y este tiene la obligación de hacerlo público cuando se lo solicita cualquier persona física o jurídica, al amparo de la Ley del Derecho de Acceso a la Información Pública.