Síguenos en Google+ Guía de publicidad de los medicamentos sin prescripción. Gobierno de España : Comunicar.info
Headlines News :
Home » , , » Guía de publicidad de los medicamentos sin prescripción. Gobierno de España

Guía de publicidad de los medicamentos sin prescripción. Gobierno de España

Escrito por Nicolas Largo el lunes, 11 de julio de 2011 | 10:59

La nueva Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición que entró en vigor el pasado día 6 de julio prohíbe expresamente la aparición de médicos o pacientes (reales o ficticios) que sugieran beneficios de salud de productos alimenticios.


La Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición -aprobada por unanimidad el pasado 16 de junio en el Congreso-, ha entrado en vigor este miércoles para impulsar hábitos alimenticios saludables entre la población y complementar el sistema español de coordinación en materia de seguridad alimentaria.
Según la ley, en las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos, de publicidad, promoción directa o indirecta, quedará prohibida la aportación de testimonios de profesionales sanitarios o científicos, reales o ficticios, o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo, así como argumentar con presuntos avales sanitarios o científicos.
La medida prohíbe la promoción del consumo de alimentos con el fin de sustituir el régimen de alimentación o nutrición comunes, especialmente en los casos de maternidad, lactancia, infancia o tercera edad.
Tampoco se permite la referencia a su uso en centros sanitarios o a su distribución a través de oficinas de farmacia. A cambio sí se permitirá el uso de avales de asociaciones, corporaciones, fundaciones o instituciones, relacionadas con la salud o la nutrición en la publicidad o promoción directa o indirecta de alimentos, cuando se trate de organizaciones sin ánimo de lucro y se comprometan, por escrito, a utilizar los recursos económicos en actividades que favorezcan la salud.
El Observatorio de la Nutrición y de Estudio de la Obesidad, que debe crear el Gobierno a raíz de la publicación de esta ley, analizará todos los datos sobre la publicidad de alimentos emitida por los medios, con especial atención a la publicidad dirigida a los menores de edad.
Escuelas y centros escolares serán espacios protegidos de la publicidad. Además, realizará un análisis periódico de la situación nutricional de la población y la evolución de la obesidad en España y sus factores determinantes.
De este modo, elaborará un informe anual, que incluirá el seguimiento y evaluación de la estrategia NAOS, así como recomendaciones con los aspectos a corregir.

La segunda parte de la guía recoge un código de buenas prácticas sobre la publicidad de medicamentos dirigida al público. En esta parte, se incluyen recomendaciones para los laboratorios sobre cómo deberían ser los mensajes publicitarios desde diferentes enfoques: imágenes, texto, medicamento, soporte, etc.
Algunas de las recomendaciones del código en sus distintos apartados son:· Ajustarse al prospecto del medicamento, por ser el documento autorizado por la AEMPS, que contiene la información adaptada al paciente.
· Deben evitarse en los textos publicitarios los adjetivos o términos absolutos: máxima, óptima, perfecta, total o similares cuando se considere que exageran las propiedades del producto.
· Los proyectos publicitarios de los medicamentos de uso pediátrico tienen que ir siempre dirigidos al adulto, que es la persona que administra el medicamento al niño.
 No podrá utilizarse la imagen del farmacéutico (aunque sí la fachada de una farmacia), ni de otros profesionales sanitarios ni de personas que, debido a su notoriedad, puedan incitar al consumo del medicamento.
· En el caso de promociones audiovisuales (televisión, internet…) de un determinado medicamento, destinadas a diferentes países de la UE, en la versión destinada a emitirse en España, los textos se adaptarán a la propia idiosincrasia del país.

Share this article :
0 Comments
Tweets
Comments

Publicar un comentario