La juez sexto de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal de México, Jessica Villafuerte Alemán, concedió un amparo a la empresa Teléfonos de México (Telmex) para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no modifique su título de concesión y pueda así brindar servicios de televisión restringida.
La resolución de la SCT que combatió la telefónica con este
amparo fue el pronunciamiento que emitió la dependencia sobre la modificación
del título de concesión como respuesta a una sentencia anterior emitida por un
tribunal colegiado que determinó que había operado una afirmativa ficta por
parte de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel)
Lo anterior debido a que Telmex, había solicitado a la
Cofetel una opinión favorable para la otorgación de los nuevos servicios con el
título de concesión que le fue otorgado.
Sin embargo, el órgano regulador no respondió en sentido
alguno y esa falta de respuesta, por ley, se considera como opinión favorable
de cumplimiento de los requisitos para eliminar las restricciones contenidas en
sus títulos de concesión y que la empresa esté en aptitud de prestar el
servicio de televisión y audio restringido.
La juez Villafuerte Alemán determinó que la SCT no se apegó
a la sentencia original, y pasó por alto la información íntegra del expediente,
al no pronunciarse sobre la procedencia o no de la modificación del título de
concesión, como ordenó el Tribunal Colegiado, sino sobre requisitos que
supuestamente no habría cumplido la telefónica.
La juzgadora resolvió además que resulta inconstitucional
obligar a Telmex a iniciar nuevamente el procedimiento para modificar su título
ante la dependencia.
Con esta resolución la SCT deberá pronunciarse
exclusivamente acerca de si se modifica o no el título de concesión de Telmex,
pero tomando en cuenta que ya se estableció la afirmativa ficta.