El Tribunal Andino de Justicia ordenó al Estado colombiano a que revea un fallo del Consejo de Estado que en 2006 condenó a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB) a pagar USD70 millones, por una disputa sobre los cargos de acceso de larga distancia en las redes de telefonía móvil celular.
Una vez pagada la suma, los apoderados de ETB interpusieron
una acción de incumplimiento ante el Tribunal Andino de Justicia, “por la
omisión del Estado Colombiano en agotar de manera obligatoria la solicitud de interpretación
judicial de una norma comunitaria que preveía regulación sobre el tema objeto
de disputa”.
Por su parte, el Tribunal Andino de Justicia consideró que
la ETB tenía razón en su demanda de incumplimiento, por estimar que la Sección
Tercera del Consejo debió solicitar oportunamente al Tribunal la
“interpretación prejudicial” de la norma andina dentro del periodo del trámite.
En consecuencia, el Tribunal ordena que el Estado, en un
plazo no mayor a 90 días, adopte las medidas necesarias para su debida
ejecución.
El Tribunal dijo que el Consejo de Estado debe anular las
sentencias dictadas por la Sección Tercera del Consejo de Estado; y “como
consecuencia natural se deben anular los laudos arbitrales”, dijo en un
comunicado la empresa de bogotana.
“Al no existir causa legal del pago de los 137 mil millones,
la segunda consecuencia natural del fallo del Tribunal Andino de Justicia es
que Comcel devuelva a Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá los recursos”,
concluyó la ETB en el comunicado de prensa.