El tribunal supremo de Argentina confirmó, después de cinco años, fallos anteriores y habilitó así el cobro de los derechos de los autores en las reemisiones.
La Corte Suprema de Justicia dictaminó que
el Canal Volver deberá pagarle derechos de propiedad intelectual a un grupo de
artistas por la reemisión de antiguas películas y programas de TV.
Los beneficiados por el fallo del Máximo
Tribunal incluyen a los herederos de Pepe Biondi y José Díaz Lastra, además de
actores como Guido Gorgatti, Jorge Alberto Rípoli (Joe Rígoli), Ilda Arce y
Horacio Herman.
La sentencia, que pone fin a una contienda
judicial de cinco años, deja un precedente que modifica –al menos en forma
económica– los derechos intelectuales de una obra antigua, que hasta este fallo
recaían únicamente sobre el productor de las películas o ciclos retransmitidos
en cualquier medio de comunicación.
La confirmación de parte del Máximo
Tribunal de los fallos de primera instancia les permite a los actores y
herederos culminar a su favor una compleja contienda judicial que llevaban
adelante contra el canal de cable perteneciente al Grupo Clarín. La demanda
exigía un reembolso monetario por la difusión comercial de numerosas obras
audiovisuales en las que participaban los actores, algunas de las cuales ni
siquiera tenían autorización de los demandantes para reemitirlas. Desde la
señal de cable se negaban a liquidarles dinero a los actores bajo el argumento
de que tenían la autorización del productor de esas obras.
El fallo, firmado por los jueces Ricardo
Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda,
despeja el camino para la liquidación final a los actores demandantes que,
según cálculos extraoficiales, oscilaría entre los 200 mil y los 500 mil pesos,
más los intereses de una década de explotación de sus creaciones. En septiembre
de 2009, la sala H de la Cámara Civil había confirmado un fallo de primera
instancia a favor del reclamo de los actores “por la fijación y cobro de
retribución por la difusión de sus interpretaciones en las obras reemitidas por
el Canal Volver”. Entonces, el fallo mayoritario de los jueces Silvia Díaz y
Claudio Kiper (Jorge Mayo votó en disidencia) condenó a Volver “a pagar a cada
uno de los actores la suma que resulte de la liquidación a practicarse sobre la
base del monto estimado por la actora, dentro de los diez días de quedar
firme”, según informa Página/12.