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El per saltum presentado por el Gobierno fue rechazado por La Corte

Escrito por Nicolas Largo el viernes, 28 de diciembre de 2012 | 20:10

La Corte Suprema de Justicia rechazó el "per saltum“ por unanimidad que presentó el Estado para que se resolviera rápidamente la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Además, el Máximo Tribunal ratificó la suspensión de la medida cautelar. 

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, en un fallo de seis renglones, rechazaron por "inadmisible“ el “per saltum” al considerar que "no se observan los requisitos“ que establece la Ley para admitirlo. 
También, los jueces exhortaron a la Cámara Civil y Comercial Federal para "que se expida dentro de la mayor brevedad posible“ sobre la cuestión de fondo, esto es la constitucionalidad o no de los artículos que establecen la cantidad máxima de licencias que puede tener un grupo económico y la cláusula de desinversión. 
Cabe recordar que el Gobierno había acudido a instancia de la Corte, luego de que el juez Horacio Alfonso fallara y calificara como de “constitucional” la Ley, por considerar que había “gravedad institucional” en la falta de aplicación de la norma. 
En tanto, los siete magistrados ratificaron la prórroga de la medida cautelar que beneficia al Grupo Clarín, recurso extraordinario que dispuso la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal el pasado 6 de diciembre. 
Respecto a la decisión la Cámara explicó que: “es fruto de una solución posible que hace pie en las alternativas anticipatoriamente reconocidas en el considerando 11 de la sentencia del 22 de mayo“. En dicha fecha la Corte fijaba como límite el 7 de diciembre y aclaraba que el plazo podía ser revisado "de verificarse conductas obstruccionistas del normal avance del proceso“. 
Por tal motivo, el Tribunal sostiene que Clarín todavía tiene para desinvertir el año que fija el artículo 161 y destacan que una vez que caiga la cautelar, la Ley "resulta plenamente aplicable con todos sus efectos a partir del cese de la medida cautelar“
Por su parte, la jueza Carmen Argibay adhirió a la extensión de la cautelar, aunque opinó que "no es preciso que esta Corte se expida sobre el acierto de las consideraciones“ en torno al plazo de un año
Por otra parte, los jueces votaron en conjunto para pedirle a la Cámara "que se expida dentro de la mayor brevedad posible“, en la resolución de la cuestión de fondo. Así, es posible validar los artículos cuestionados, 45 y 161, aunque no se fijó un plazo concreto, fuentes del tribunal admitieron como fecha tentativa es el mes de marzo del 2013.
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