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Intervendrían Cablevisión, no el Grupo Clarín

Tras las denuncias de AdepaClarín y La Nación que desde hace tres días la intención del Gobierno de intervenir el Grupo Clarín, la Comisión Nacional de Valores (CNV) analizaría "sólo" la situación de Cablevisión  por varios incumplimientos, como no facturar con la tarifa fijada por el Gobierno.



ADEPA, Diario La Nación, Grupo Clarin, CableVisión, Argentina, RRPP y prensa,
Fuentes gubernamentales indicaron a gacetamercantil.com que la mira está puesta en la empresa de cable por varios incumplimientos, entre ellos la tarifa del servicio.
Además, Cablevisión genera más del 50% de las ganancias del Grupo Clarín, por lo que su intervención sería un duro golpe para el multimedios.
La CNV, que dirige Alejandro Vanoli, está buscando datos y para eso envió trece pedidos de información sobre distintos asuntos societarios.
El "Grupo Clarín" hizo saber desde el fin de semana que Vanoli "está buscando una excusa para avanzar sobre las firmas del multimedio" y que la información ya fue entregada o es pública.
Entre el miércoles y el viernes de la semana pasada hubo once requerimientos sobre estados contables, nóminas de sociedades controladas y vinculadas e informes de obligaciones negociables, informó el diario La Nación.
No obstante, las fuentes aclararon que "por ahora" las infracciones halladas corresponden a "Cablevisión" y no al resto de los medios del grupo.

Clarín apela ante la Corte fallo por Ley de medios

El Grupo Clarín presentó un recurso extraordinario federal, para que la Corte Suprema revoque parte del fallo de la Cámara Civil y Comercial y declare la inconstitucionalidad de la intransferibilidad de las licencias, su régimen de multiplicidad y el plazo de adecuación a la nueva normativa, porque restringen la libertad de expresión. 


Grupo Clarin, Argentina, RRPP y prensa,
Si bien la apelación destaca la importancia del fallo que la Cámara dictó el mes pasado sobre la causa de fondo, cuestiona que se declaró la constitucionalidad de los artículos 41 y 161, así como de parte del 45. “Prohibir totalmente la transferibilidad de las licencias resulta una medida desproporcionada y arbitraria, que no persigue ningún objetivo estatal identificable”, planteó el abogado del Grupo Clarín, Damián Cassino. El fallo de los jueces Ricardo Guarinoni, María Susana Najurieta y Francisco de las Carreras declaró la inconstitucionalidad de la parte central del artículo 45, porque establecía un régimen de licencias discriminatorio, que le quitaba sustentabilidad a los medios privados. Ese artículo de la ley limitaba arbitrariamente las licencias que no usan el espectro radioeléctrico, como los cables y las señales audiovisuales; a las empresas de TV satelital les permitía llegar a 2.200 ciudades, mientras que a los cables sólo a 24; permitía a los estatales cubrir todo el país, pero los privados solo podían tener el 35%; así como impedía tener un canal de TV abierta y una operación de TV por cable en una misma ciudad. Estas limitaciones no tenían antecedentes internacionales y fueron declaradas inconstitucionales. 

Pero el fallo de Cámara no contempló los exiguos límites a licencias que utilizan espectro radioeléctrico, cuyas frecuencias han sido multiplicadas por la digitalización tecnológica. En muchos lugares existe espacio en exceso para la instalación de nuevas voces sin que esto afecte la pluralidad. Por ejemplo, los concursos de TV digital que la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) organizó en los últimos años quedaron desiertos por falta de oferentes. Otras legislaciones, en lugar de establecer límites absolutos para las frecuencias de un operador, realizan un análisis en términos relativos: le permiten tener una cantidad flexible de radios o estaciones de TV, definida en relación a los competidores que funcionan en la misma área.

También se pidió la inconstitucionalidad del artículo 161, que estableció el plazo de adecuación, ya que afecta derechos adquiridos y desconoce licencias vigentes con varios años por delante. De hecho, dos meses después de sancionada la ley de medios, el Congreso ratificó el Decreto 527 que dictó Néstor Kirchner en 2005, que prorrogó diez años más todas las licencias vigentes, plazo que se sumó a la duración de todas las licencias. Esa ratificación parlamentaria deroga el artículo 161, que pretende la desinversión en un año.
Fuente: Clarín

Moreno y Kicillof irrumpieron en Clarín

El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, y el viceministro de Economía, Áxel Kicillof, ingresaron esta tarde al edificio del diario Clarín para participar de la junta de accionistas del multimedio.

Según pudo confirmar Noticias Argentinas, los funcionarios ingresaron a la sede del Grupo Clarín por el acceso ubicado sobre la calle Piedras al 1700, que da al salón de actos, donde se realiza la asamblea. 

El motivo de la participación en la junta de accionistas es porque el Estado, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), tiene acciones que heredó en el Grupo tras la estatización de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP).

La última vez que un funcionario nacional había estado en el edificio de Clarín fue a fines del año pasado, cuando el titular de la Administración Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Martín Sabbatella, concurrió a notificar a la compañía sobre el inicio del proceso de desinversión que establece la Ley de Medios.

Cámara avala a Clarín contra ley de medios

La Sala I de la Cámara Federal Civil y Comercial declaró la inconstitucionalidad de algunos de los artículos de la ley, entre ellos una parte del 45, que es el que establece los límites de tenencia de licencias. Al Gobierno sólo le queda volver a apelar. 

También declaró inconstitucional el 48, que es el que pena la “concentración indebida”, mientras que si habilitó el 161, que otorga el plazo de un año para desinvertir, pero resulta intrascendente si la acumulación de licencia pierde validez.

Con la inconstitucionalidad de parte del 45, por ejemplo, queda anulado el límite de 24 licencias por cable, la incompatibilidad de cable en TV abierto, la restricción a producir más de una señal y el límite a tener el 35% del mercado.

Si declara constitucional el 41, que legisla sobre la transferencia de licencias.

El fallo fue dictado por los jueces Francisco De las Carreras, Ricardo Guarinoni y María Susana Najurieta y ahora, se aguarda el proceso de apelaciones de ambas partes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ahora el Gobierno sólo le resta apelar ante la Corte Suprema de Justicia, al menos hasta que conforme el tribunal de casación del fuero civil y comercial, una de las propuestas de ley que aprobará la mayoría kirchnerista en el Congreso.

Martín Sabbatella consideró el fallo "es burdo, tramposo y demuestra con claridad que es una Cámara en lo Clarín y Comercial que defiende los intereses del Grupo".

Tinelli quiere comprarle al Grupo Clarín el 30% de Ideas del Sur

“Artear, del Grupo Clarín, habría puesto a la venta 30% de Ideas del Sur” y “como el contrato especificaba que si Tinelli vendía la mayoría de la productora a un tercero tenía que comprar la parte que está manos de Clarín, ahora están negociando un precio con el conductor, asegura una fuente anónima al diario Cronista.


Aunque desde Artear prefirieron no contestar a los llamado de El Cronista para confirmar la información, otras fuentes consultadas certificaron las negociaciones y, explicaron que la decisión de venta es “porque el socio mayoritario sería Cristóbal López y Clarín no quiere a ese socio”. 

Desde el entorno de López afirmaron a El Cronista que “por ahora” no es intención del dueño de C5N y Radio 10 entrar en Ideas del Sur. “Ideas es Tinelli, sin él es una productora que da pérdida”, explican.

Por su parte, allegados al productor aseguran que la salida de Artear se debe a que la empresa de Clarín no quiso adquirir un porcentaje mayor de las acciones de Ideas del Sur.

La Justicia intimó a Cablevisión a rebajar su tarifa en tres días

Ante la conducta manifiesta de Cablevisión de incumplir con los fallos judiciales sobre tarifas, el Juez federal de La Plata, Adolfo Gabino Ziulu, intimó en las últimas horas a la cablera del Grupo Clarín a que en el plazo de "tres días" acredite si se encuentra cumpliendo con una medida cautelar anterior por la cual se le ordenó ajustar su tarifa por abono a la suma autorizada por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, la cual no estaría cumpliendo. 
Mediante la intimación, el juez ordenó a la empresa a que "acredite" si ajustó el valor de su abono domiciliario de 205 pesos a los 130 autorizados por la Secretaría de Comercio, algo que, según denuncias recibidas por la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, no ocurrió.

El 1 de febrero, el Juzgado Federal número 2, encabezado por Ziulu, había ordenado cumplir fallos de diciembre pasado y ajustar su tarifa, "bajo apercibimiento de dar intervención a la Justicia Penal" si eso no ocurría.

Con ese criterio, el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, Carlos Boniccato, aseguró que “si la empresa no ajusta su tarifa, pediremos que pase el caso a la justicia penal. Debemos proteger a los consumidores”.

La disputa judicial comenzó el 27 de noviembre del año pasado cuando, en base a un pedido de un conjunto de legisladores y tras acumular miles de quejas, el Defensor del Pueblo de la Provincia interpuso una medida cautelar contra Cablevisión Sociedad Anónima por incumplimiento de las resoluciones de la Secretaría de Comercio, que fijaba el tope para las tarifas del servicio de televisión por cable.

Esa Secretaría había establecido que el monto máximo a cobrar por el servicio de televisión por cable era de 109 pesos para los meses de enero a abril de 2011 y, mediante posteriores resoluciones se prorrogó hasta diciembre de 2012 con el monto actualizado a 123 pesos.

El 14 de diciembre el juez de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar, lo que implicó que Cablevisión no podía emitir facturas que superaran los montos preestablecidos, pero eso no ocurrió.

La empresa cuyo dueño mayoritario es el Grupo Clarín intentó frenar la medida judicial por medio de diversas presentaciones, pero en las distintas instancias judiciales la respuesta fue la misma: se indicó que la empresa debe adecuar sus tarifas, sin prejuicio de la instancia en la que se encuentre la contienda judicial.

Fue con ese criterio que el juez federal de La Plata intimó a la empresa a "acreditar" su cumplimiento de la medida cautelar interpuesta por la Defensoría del Pueblo bonaerense.

En el mismo sentido, el defensor del Pueblo, Boniccato, insistió ayer en que si la empresa no se adecua al cambio tarifario, llevará el caso a la justicia penal "porque se está prestando un servicio público de manera impropia". Las denuncias a Cablevisión por tarifas se dieron en más de 17 distritos bonaerenses. Esta práctica de abuso tarifario le permitió a la cablera embolsar, en los últimos años, cifras millonarias por estafar a sus clientes con tarifas más altas que las autorizadas por el Estado: así, embolsó entre $ 1200 y $ 1500 millones anuales por sobrefacturación. «

Fuente: Tiempo Argentino

Grupo Clarín apela fallo que declaró constitucional Ley de Medios

El grupo argentino Clarín apeló el fallo que declaró constitucional la Ley de Medios, dictado en diciembre pasado por el juez Horacio Alfonso, informó el multimedios en un comunicado.

En su apelación, el Grupo Clarín destacó la "arbitrariedad" del dictamen que, a su juicio, "no tomó en cuenta" todas las pruebas presentadas en los más de 3.000 folios contentivos del expediente. De igual manera, el grupo consideró "erróneas" y "tergiversadas" las citas de jurisprudencia y doctrina nacional e internacional utilizadas por el juez.
Asimismo, el grupo planteó que, al omitir pruebas, el juez Alfonso avaló "las limitaciones de la Ley de Medios" que "configuran un avance contra la libertad de expresión y el derecho a la información" en Argentina.
Además, para el diario Clarín, Alfonso no realizó el control de "constitucionalidad" de la norma jurídica, a pesar de ese era el planteamiento central de la demanda. El conglomerado mediático consideró que el magistrado omitió el contexto de "hostigamiento y aplicación selectiva de la ley" que de acuerdo a la jurisprudencia "configura un caso de censura indirecta en los términos de la Convención Americana de Derechos Humanos".
Clarín demandó la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley. En diciembre, el juez anunció el rechazo a la solicitud del grupo.

Cámara Civil habilita feria para tratar la Ley de Medios en Argentina

La Cámara Civil y Comercial Federal de feria decidió el viernes pasado habilitar la feria judicial para resolver la apelación del GrupoClarín al fallo que declaró constitucional dos artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.


Ley de Medios, Argentina. Grupo Clarín
La Jefatura de Gabinete y la  Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) habían pedido la habilitación de la feria de enero para que la Cámara comience el tratamiento de la apelación.
El pedido de "habilitación" para el tratamiento de la ley de medios se efectuó tras el fallo de la Corte Suprema  de Justicia que rechazó el  'per saltum' solicitado por el Poder Ejecutivo para tratar la cuestión de fondo y que confirmó la prórroga de la medida cautelar que mantiene bloqueada la ley.
Pese a rechazar tomar el expediente, la Corte estableció que el plazo de un año de adecuación al máximo de licencias permitidas fijado por el artículo 161 ya está vencido. No obstante, habrá que esperar una definición sobre el fondo de la cuestión.
Ya hay un fallo de primera instancia, del juez civil y comercial federal Horacio Alfonso, quien declaró constitucional los artículos 161 y 45 de la ley.
El tribunal de feria que habilitó el receso de verano está integrado por los jueces Francisco De las Carreras, Ricardo Guarinoni y Graciela Medina, los dos primeros integrantes de la Sala I que debe resolver la cuestión de fondo.
De las Carreras y Guarinoni fueron denunciados por el Gobierno por no apartarse del caso luego de asistir a un congreso en  Miami auspiciado por una empresa del grupo Clarín.
Ahora, el Estado y el Grupo Clarín presentarán los fundamentos de sus apelaciones al fallo del juez Alfonso que avaló la Ley y para que respondan a los argumentos de la otra parte.

El per saltum presentado por el Gobierno fue rechazado por La Corte

La Corte Suprema de Justicia rechazó el "per saltum“ por unanimidad que presentó el Estado para que se resolviera rápidamente la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Además, el Máximo Tribunal ratificó la suspensión de la medida cautelar. 

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, en un fallo de seis renglones, rechazaron por "inadmisible“ el “per saltum” al considerar que "no se observan los requisitos“ que establece la Ley para admitirlo. 
También, los jueces exhortaron a la Cámara Civil y Comercial Federal para "que se expida dentro de la mayor brevedad posible“ sobre la cuestión de fondo, esto es la constitucionalidad o no de los artículos que establecen la cantidad máxima de licencias que puede tener un grupo económico y la cláusula de desinversión. 
Cabe recordar que el Gobierno había acudido a instancia de la Corte, luego de que el juez Horacio Alfonso fallara y calificara como de “constitucional” la Ley, por considerar que había “gravedad institucional” en la falta de aplicación de la norma. 
En tanto, los siete magistrados ratificaron la prórroga de la medida cautelar que beneficia al Grupo Clarín, recurso extraordinario que dispuso la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal el pasado 6 de diciembre. 
Respecto a la decisión la Cámara explicó que: “es fruto de una solución posible que hace pie en las alternativas anticipatoriamente reconocidas en el considerando 11 de la sentencia del 22 de mayo“. En dicha fecha la Corte fijaba como límite el 7 de diciembre y aclaraba que el plazo podía ser revisado "de verificarse conductas obstruccionistas del normal avance del proceso“. 
Por tal motivo, el Tribunal sostiene que Clarín todavía tiene para desinvertir el año que fija el artículo 161 y destacan que una vez que caiga la cautelar, la Ley "resulta plenamente aplicable con todos sus efectos a partir del cese de la medida cautelar“
Por su parte, la jueza Carmen Argibay adhirió a la extensión de la cautelar, aunque opinó que "no es preciso que esta Corte se expida sobre el acierto de las consideraciones“ en torno al plazo de un año
Por otra parte, los jueces votaron en conjunto para pedirle a la Cámara "que se expida dentro de la mayor brevedad posible“, en la resolución de la cuestión de fondo. Así, es posible validar los artículos cuestionados, 45 y 161, aunque no se fijó un plazo concreto, fuentes del tribunal admitieron como fecha tentativa es el mes de marzo del 2013.

Clarín tendría un año más para desinvertir

El laberinto jurídico en que se transformó la pelea por la Ley de Medios entre el Gobierno y el Grupo Clarín viene provocando situaciones insólitas. Un ejemplo de ello es que a pesar de ser un aspecto fundamental, por un olvido y error de los abogados del Gobierno, el multimedios tendría un año de prórroga para adecuarse a la norma, aún en caso de que la Justicia le de la razón al Estado.

Sucede que, al momento de frenar el famoso 7D, la Cámara Federal prorrogó la cautelar del Grupo Clarín que frenaba la aplicación de los artículos 161 y 45 de la ley de medios. Además, aclaró que, aún en caso de que esos artículos sean declarados constitucionales (algo dictado por el juez Alfonso y ya apelado por Clarín) el plazo de un año que establece la ley para que el Grupo se adecúe a la tenencia de licencias y “desinvierta” comenzará a regir a partir de que se produzca el fallo de fondo.
El Gobierno sostiene que ese plazo ya está vencido y por eso el titular del Afsca, Martín Sabbatella, aseguró que en 100 días estará listo el proceso de transferencia de oficio que intentó iniciar Sabbatella con su mediático desembarco en las oficinas de Clarín y que apenas duro 24 horas, hasta que Alfonso concedió al grupo a la apelación a la Cámara Civil y Comercial, reponiendo de esa manera los efectos suspensivos que de hecho ya estaban vigentes por la cautelar extendida por ese mismo tribunal de segunda instancia.
Pero ahora la Casa Rosada se enfrenta con un inconveniente adicional, solo adjudicable a la torpeza de sus abogados. Hoy se supo que al apelar ante la Corte la decisión de la Cámara de extender la cautelar que vencía el 7D; sólo apeló la extensión de esa medida provisoria y nada dijo sobre el otro tramo de esa decisión que subrayaba que el plazo de un año que la ley otorga para para desinvertir todavía no comenzó a correr para el Grupo.
Según reveló hoy el periodista Adrián Ventura en el diario La Nación, este "olvido" del gobierno viene a confirmar esa parte del fallo apelado.
“Esto es así, al no apelarlo, el Gobierno consiente que el plazo para desinvertir comienza cuando se dicte el fallo de fondo”, señalaron a LPO fuentes cercanas al grupo Clarín.
De todos modos, según pudo saber LPO, este tema también podría terminar definiendolo la Corte, que en definitiva deberá pronunciarse tanto sobre la constitucionalidad de los artículos que impugnó Clarín de la ley de medios, como sobre la extensión de la cautelar.

Gobierno desmiente que desguazará Fibertel

El director de Gestión, Administración y Desarrollo de Servicios Audiovisuales del Afsca, Daniel Larrache, afirmó que es absolutamente falso que la aplicación de la ley de medios vaya a desguazar Fibertel o afectar el servicio de cualquier otra empresa de Internet.

“La ley 26.522 regula los servicios de comunicación audiovisual, televisión abierta, televisión por suscripción y radio, y nada tiene que ver con los servicios de Internet. Esa es una versión mentirosa y malintencionada, lanzada por el Grupo Clarín con el objetivo de confundir y atemorizar a los usuarios”, indicó el funcionario tras participar junto al presidente de la Afsca, Martín Sabbatella de un encuentro, en la sede del organismo, con el titular de la Cámara Argentina de Internet (Cabase) Ariel Graizer, con quienes conversaron sobre los alcances de la ley de medios y el desarrollo de las telecomunicaciones e Internet.
Por último, insistió que “nada tiene que ver una ley de servicios audiovisuales con los servicios de Internet. Sólo es parte de una campaña del Grupo Clarín para no respetar la ley votada por el Congreso de la Nación”.

Justicia argentina frena desmantelamiento del Grupo Clarín

La Justicia argentina aceptó la apelación de Clarín contra el levantamiento de la medida cautelar dictado por un juez de primera instancia, por lo que la batalla entre el Gobierno argentino y el mayor grupo multimedia del país por la Ley de Medios Audiovisuales vuelve a punto muerto.


Fuentes judiciales informaron que el juez Horacio Alfonso elevó el recurso realizado por Clarín contra la sentencia que avaló el viernes la constitucionalidad de la cláusula de desinversión y ordenó el levantamiento de la medida cautelar que mantiene frenada la aplicación íntegra de la ley de medios.
La decisión queda así en manos de la Cámara de lo Civil y Comercial Federal y frena "la transferencia de oficio" de las licencias de Clarín que exceden el máximo permitido por la ley que inició ayer la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca).
La decisión se conoce un día después de que el titular de la Afsca, Martín Sabbatella, se presentara en las oficinas del Grupo Clarín para comunicar que iniciaba el proceso de transferencia de oficio de las licencias, una pretensión del Gobierno que ahora choca con un nuevo obstáculo: la resolución del juez Alfonso, apuntó el diario La Nación.

Gobierno notificó a Clarín el inicio de la transferencias

El titular de la Afsca, Martín Sabbatella, concurrió a las oficinas del Grupo Clarín para realizar "la notificación del inicio de transferencia de oficio", confirmó el propio funcionario, quien recordó que la ley se encuentra en plena vigencia.



Martín Sabbatella, responsable del órgano de aplicación de la ley de medios explicó que la "transferencia de oficio tiene cien días hábiles y se inicia con su notificación para quien no haya presentado su plan voluntario de adecuación. Eso tiene un primer capítulo que es la tasación de las licencias y los bienes afectados al uso de las mismas".
Hasta que el proceso de transferencia concluya, según explicó, el actual titular de las licencias "deberá hacerse cargo del servicio, cuidarlo, mantener las fuentes de trabajo y proteger los bienes. Y esto es lo que le pedirá el Estado que haga hasta que llegue el nuevo titular" al Grupo Clarín, el único grupo de medios que no presentó su plan de adecuación voluntario.
"La diferencia entre el plan de adecuación voluntaria y el proceso de oficio es que en el primer caso el que lo organiza es el propio grupo empresario, y en el proceso de oficio lo hace el Estado al no haber un cumplimiento de la norma", agregó el referente de Nuevo Encuentro sobre el proceso de aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
El funcionario sostuvo que "durante estos tres años hubo una ley de la democracia, votada por el Congreso, suspendida por medidas cautelares. Y eso nos parecía una barbaridad y lo dijimos".
"Una ley de la democracia no puede ser suspendida por una medida cautelar cuando no hay riesgo inminente ni riesgo para la libertad de expresión, tal como lo dijo la Corte Suprema", subrayó.

FUENTE: www.telam.com.ar

Fallo de un juez impide separar los servicios de Cablevisión y Fibertel

El juez Roberto Torti ordenó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) que no aplique los artículos de la Ley de Medios que exige la división del servicio de TV por cable e Internet que el Grupo Clarín ofrece a través de las empresas Cablevisión y Fibertel

El juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial 3 Roberto Torti extendió la cautelar, que había presentado el Grupo Clarín, hacia el Afsca ya que el organismo podría afectar la estructura de Fibertel con el artículo 45 de la Ley de Medios que restringe a 24 las licencias de un operador de TV por cable. En tal caso, Cablevisión debería ceder, vender o transferir 135 licencias para cumplir. Y como el servicio de Fibertel corre por la misma red, el grupo aduce que se pone en riesgo la prestación de Internet. 
Además, sostienen que Fibertel es inviable si se pretende separarla de la televisión por cable. En tal caso, esto refleja las contradicciones de la Ley de Medios que si bien en su texto no hace referencia a Internet, en la práctica y en sus efectos termina limitando también dicha prestación. Por otra parte, señalan que restringe la competencia en ese segmento y no ocurre lo mismo con el servicio de Internet que ofrecen las telefónicas. 
Otro argumento, es en la causa contra la Ley de Medios que lleva adelante el juez Horacio Alfonso, donde un perito del Estado, especialista en telecomunicaciones, concluyó que la desafectación total o parcial de la red central de Cablevisión y Fibertel tendría efectos negativos sobre los derechos de los usuarios conectados a la red. El experto agregó que para poder brindar los servicios que Cablevisión ofrece a sus clientes en todo el país “necesitaría una red enormemente compleja y con costos de operación importantes que serían imposibles de soportar sin la escala que hoy tiene la compañía”
Por tal motivo, el juez Torti reclama al Estado Nacional y a la Secom que comunique al Afsca el alcance y la vigencia de la medida cautelar. 
Cabe recordar que Roberto Torti, es el mismo magistrado que fue recusado por el Gobierno para integrar la Cámara Civil y Comercial que tiene a cargo parte de la causa contra la Ley de Medios y que en octubre de 2011 ya había fallado a favor de Fibertel. 
El magistrado hizo lugar a una medida cautelar pedida por una organización de defensa de los consumidores contra la orden del Gobierno de quitarle la licencia a la empresa de Clarín para brindar servicios de Internet. 
El magistrado dejó sin efecto esa resolución y le ordenó a la Secretaría de Comunicaciones (Secom) que permitiera la continuidad de Fibertel. La causa espera el fallo final de la Corte Suprema de Justicia.

El fiscal Uriarte sostiene que la ley de medios "es constitucional"

El fiscal Fernando Uriarte pidió al juez Horacio Alfonso que desestime el planteo del Grupo Clarín sobre lo inconstitucional de los artículos 41, 45, 48, y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, ya que sostiene que es constitucional.

El titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal 5 Fernando Uriarte, concluyó que la normativa impugnada "no conculca los derechos constitucionales de propiedad y de comercio del Grupo Clarín", según publica telam.

La Corte rechazó el per saltum del Gobierno contra Clarín

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido del Gobierno para aplicar el per saltum y decidir sobre el fallo de la Cámara Civil y Comercial que la semana pasada amplió la cautelar pedida por Clarín para no aplicar la ley de medios.

Según confirmó La Nación, el máximo tribunal se reunió este mediodía y como había anticipado LPO la semana pasada, optó por negarse a aceptar el planteo del Gobierno, que hizo uso de la ley recientemente aprobada en el Congreso para saltear instancias intermedias.
Pero el máximo tribunal no consideró que se alteraba el orden institucional con el fallo de la Cámara y volvió a dejar todo en manos del juez de primera instancia Horacio Alfonso, quien aún debe resolver sobre la cuestión de fondo sobre la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley de medios.
Mientras eso no ocurra, Clarín podrá continuar sin desprenderse de los medios para adaptarse al artículo 161 de la ley de medios.
Los miembros de la Corte se habría reunido durante dos horas por la mañana pero al mediodía pasaron a un cuarto intermedio y, en principio, se supuso que iban a votar mañana martes. Pero, en cambio, hicieron circular sus votos por la tarde y finalmente decidieron el rechazo.
El fallo fue rubricado por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda; Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Carmen Argibay (en un mismo fundamento) y Raúl Eugenio Zaffaroni, quien hizo una ampliación de su voto.
La resolución respondió al pedido de la Jefatura de Gabinete, pero también rechazó, en otra medida, un planteo paralelo de la AFSCA. A la vez, la Corte dejó abierta la puerta al Gobierno para que presente un recurso extraordinario.

Cablevisión deberá suspender aumento y devolver excedente

La empresa Cablevisión S.A, perteneciente al Grupo Clarín, deberá suspender los aumentos del abono básico del servicio de cable a los usuarios de la ciudad de Córdoba, devolver el excedente cobrado y también los intereses por mora, según decidió hoy la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.

La Sala “A” del tribunal, integrada por el juez de Cámara Ignacio María Vélez Funes y los subrogantes José Vicente Muscara y Carlos Julio Lascano, confirmó la resolución del 21 de noviembre de 2011 dictada por el juez subrogante del Juzgado Federal 3 de Córdoba, Alejandro Sánchez Freytes, tras el recurso de apelación interpuesto por el representante legal de Cablevisión S.A. en contra del fallo del magistrado.
Ese Juzgado había dictado una medida cautelar que ordenó a Cablevisión, a partir de diciembre de 2011, emitir facturas respetando las resoluciones de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, absteniéndose de cobrar toda suma mayor a 116 pesos.
La acción de amparo fue promovida por la Asociación Civil “Defensa de Usuarios y Consumidores”, en representación de los usuarios de la ciudad de Córdoba, para que se emplace a la prestadora Cablevisión S.A. a que se abstenga de facturar y cobrar a los usuarios sumas superiores a las autoridades por la Secretaría de Comercio Interior.
La medida pidió que se ordene la devolución de lo cobrado en demasía a todos los usuarios de la ciudad de Córdoba, más el interés que cobra la prestadora por mora, ordenándose además pagar a los usuarios un indemnización del 25% sobre las sumas indebidamente facturadas, desde que fueron cobradas hasta la efectiva devolución.

Cautelar a favor del Grupo Clarín para el 7D

La Cámara Civil y Comercial Federal decidió el viernes por la tarde extender la medida cautelar interpuesta por el monopolio mediático para no cumplir con el artículo 161 de la Ley de Medios Audiovisuales, que obliga a desinvertir.

En una nueva medida dilatoria, la Cámara Civil y Comercial Federal nº1 decidió esta tarde extender la medida cautelar interpuesta por el grupo Clarín, lo que impide la efectiva aplicación del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, cláusula que obliga a la desinversión del monopolio.
El objetivo del Grupo con este recurso es posponer la aplicación hasta que el Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 1, a cargo del juez Horacio Alfonso, se expida sobre el fondo de la cuestión, o sea sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad del citado artículo.
La Cámara Civil, integrada por los jueces Francisco de las Carreras y María Susana Najurieta, falló a favor de Clarín, tras no hacer lugar a la recusación que había presentado la AFSCA y el ministerio de Justicia, a cargo de Julio Alak.
Tras esta decisión, el Gobierno podría denunciar penalmente a toda la Cámara por prevaricato por haber fallado ellos mismos contra su propia recusación. De las Carreras había sido impugnado en particular, por haber recibido dádivas del Grupo Clarín, en un viaje a Miami que había sido financiado por la ONG Certal, vinculada al monopolio.
Ahora, habría que esperar la decisión del juez Alfonso, pese a que la Corte Suprema de Justicia ya se expidió sobre esto y solicitó a la Cámara terminar con las medidas disruptivas y dilatorias, que impiden la concreta aplicación de una ley constitucional sancionada por el Congreso Nacional, hace más de tres años.

El Gobierno y Afsca presentaron "per saltum" en la Corte Suprema

El Gobierno y la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) presentaron un recurso "per saltum" ante la Corte Suprema de Justicia por la decisión que la Cámara tomó al extenderle la cautelar al Grupo Clarín frente a la adecuación de la Ley de Medios. 

La Jefatura de Gabinete presentó esta mañana un recurso para que el caso sea tratado directamente por la Corte Suprema. Según indicaron las fuentes, la causa fue girada a la secretaría de la Corte a cargo de Christian Abritta, quien tendrá que determinaran si tiene procedencia o no. 
El documento presentado que lleva como título “Interpone Recurso Extraordinario por Salto de Instancia”, invoca la modificación del Código Procesal que estableció el recurso de "per saltum" como instancia para acelerar los tiempos de resolución de una medida. En tanto, los abogados del Afsca, también solicitaron la intervención de la Corte Suprema a través de un escrito en donde piden que anulen la resolución adoptada por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial. 
De esta forma tanto el Ejecutivo como el Afsca, pretenden que el Máximo Tribunal intervenga haciendo respetar la interpretación de los jueces al primer fallo de la Corte, que había indicado que en el año para la desinversión tenía fecha límite el 7 de diciembre.

Gendarmería custodia el edificio de Cablevisión

El ministerio de Seguridad de la Nación decidió enviar 30 gendarmes para reforzar la seguridad del edificio corporativo de Cablevisión en la ciudad de Buenos Aires, la medida es “por precaución” aclararon desde el ministerio. 

"Es una medida preventiva en virtud del “7D” para proteger ciertos objetivos, en caso de que personas o grupos de inadaptados quieran hacer desmanes", indicó un vocero del ministerio al sitio ámbito.com
Además, explicaron oficialmente que fueron enviados a la calle Hornos 690, sede de la empresa de televisión por cable del Grupo Clarín, 30 gendarmes para custodiar las instalaciones y garantizar el normal funcionamiento de Cablevisión. Por último, indicaron los uniformados se mantendrán apostados durante toda la tarde hasta entrada la noche.
 


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