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Ya están disponibles los resultados de la última encuesta AIMC, la cual analiza anualmente los hábitos y tendencias de los internautas españolas
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Gobierno desmiente que desguazará Fibertel

El director de Gestión, Administración y Desarrollo de Servicios Audiovisuales del Afsca, Daniel Larrache, afirmó que es absolutamente falso que la aplicación de la ley de medios vaya a desguazar Fibertel o afectar el servicio de cualquier otra empresa de Internet.

“La ley 26.522 regula los servicios de comunicación audiovisual, televisión abierta, televisión por suscripción y radio, y nada tiene que ver con los servicios de Internet. Esa es una versión mentirosa y malintencionada, lanzada por el Grupo Clarín con el objetivo de confundir y atemorizar a los usuarios”, indicó el funcionario tras participar junto al presidente de la Afsca, Martín Sabbatella de un encuentro, en la sede del organismo, con el titular de la Cámara Argentina de Internet (Cabase) Ariel Graizer, con quienes conversaron sobre los alcances de la ley de medios y el desarrollo de las telecomunicaciones e Internet.
Por último, insistió que “nada tiene que ver una ley de servicios audiovisuales con los servicios de Internet. Sólo es parte de una campaña del Grupo Clarín para no respetar la ley votada por el Congreso de la Nación”.

Fallo de un juez impide separar los servicios de Cablevisión y Fibertel

El juez Roberto Torti ordenó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) que no aplique los artículos de la Ley de Medios que exige la división del servicio de TV por cable e Internet que el Grupo Clarín ofrece a través de las empresas Cablevisión y Fibertel

El juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial 3 Roberto Torti extendió la cautelar, que había presentado el Grupo Clarín, hacia el Afsca ya que el organismo podría afectar la estructura de Fibertel con el artículo 45 de la Ley de Medios que restringe a 24 las licencias de un operador de TV por cable. En tal caso, Cablevisión debería ceder, vender o transferir 135 licencias para cumplir. Y como el servicio de Fibertel corre por la misma red, el grupo aduce que se pone en riesgo la prestación de Internet. 
Además, sostienen que Fibertel es inviable si se pretende separarla de la televisión por cable. En tal caso, esto refleja las contradicciones de la Ley de Medios que si bien en su texto no hace referencia a Internet, en la práctica y en sus efectos termina limitando también dicha prestación. Por otra parte, señalan que restringe la competencia en ese segmento y no ocurre lo mismo con el servicio de Internet que ofrecen las telefónicas. 
Otro argumento, es en la causa contra la Ley de Medios que lleva adelante el juez Horacio Alfonso, donde un perito del Estado, especialista en telecomunicaciones, concluyó que la desafectación total o parcial de la red central de Cablevisión y Fibertel tendría efectos negativos sobre los derechos de los usuarios conectados a la red. El experto agregó que para poder brindar los servicios que Cablevisión ofrece a sus clientes en todo el país “necesitaría una red enormemente compleja y con costos de operación importantes que serían imposibles de soportar sin la escala que hoy tiene la compañía”
Por tal motivo, el juez Torti reclama al Estado Nacional y a la Secom que comunique al Afsca el alcance y la vigencia de la medida cautelar. 
Cabe recordar que Roberto Torti, es el mismo magistrado que fue recusado por el Gobierno para integrar la Cámara Civil y Comercial que tiene a cargo parte de la causa contra la Ley de Medios y que en octubre de 2011 ya había fallado a favor de Fibertel. 
El magistrado hizo lugar a una medida cautelar pedida por una organización de defensa de los consumidores contra la orden del Gobierno de quitarle la licencia a la empresa de Clarín para brindar servicios de Internet. 
El magistrado dejó sin efecto esa resolución y le ordenó a la Secretaría de Comunicaciones (Secom) que permitiera la continuidad de Fibertel. La causa espera el fallo final de la Corte Suprema de Justicia.

Fibertel lanza Fibertel Zone

Fibertel presenta Fibertel Zone, el primer circuito WIFI de la Argentina, que permite a cualquier usuario navegar en forma gratuita a la mejor velocidad en bares, restaurantes, cines, gimnasios, plazas y muchos lugares más.


Con el objetivo de sumar más y mejores servicios de conectividad, Fibertel presenta Fibertel Zone, el primer circuito WIFI de la Argentina, que permite a cualquier usuario navegar en forma gratuita a la mejor velocidad en bares, restaurantes, cines, gimnasios, plazas y muchos lugares más.
Navegar ahora es mucho más fácil.  Sólo necesitás un dispositivo móvil con conexión WIFI y encontrar un punto Fibertel Zone en la ciudad, el cual estará visiblemente identificado. Además si sos cliente Fibertel, tenés el beneficio de una conexión exclusiva con velocidad extra, prioridad de navegación y conexión sin límites de tiempo.

Justicia ordenó a Cablevisión y al Estado garantizar los servicios de internet en Fibertel

El Estado Nacional, la empresa Cablevisión y Fibertel deberán arbitrar los medios que sean necesarios para asegurarle a los usuarios de Fibertel S.A la continuidad del servicio de Internet en forma ininterrumpida y en condiciones idénticas a las que se venía desarrollando.

Fibertel, CableVisión, Argentina, RRPP y prensa, ultimo,
De esta manera lo dispuso el titular del Juzgado Federal Nº 4 de la ciudad de Mar del Plata, Alfredo López, al hacer lugar a una acción de amparo iniciada por la asociación de consumidores “Defendete”.
Por su parte, la demanda de la organización tenía como objetivo primordial la continuidad de la prestación del servicio de Internet a todos los usuarios de la empresa Fibertel, con motivo de la Resolución 100/2010 de la Secretaría de Telecomunicaciones.
En tal sentido, el magistrado aclaró que el proceso no tiene como finalidad la de cuestionar la normativa sino que solamente busca que los demandados garanticen que no habrá interrupción alguna, para ningún usuario del servicio, y tampoco alteraciones en las condiciones pactadas.
Además, López sostuvo lo siguiente respecto a la organización demandante: “No me caben dudas que la Asociación de Consumidores ‘Defendete’ se encuentra legitimada para promover la presente acción de amparo en procura de derechos de incidencia colectiva”.
Con respecto a la prestación del servicio y a la legislación vigente, el magistrado remarcó que “si bien actualmente todos los usuarios de ‘Fibertel S.A.’ siguen gozando del servicio de Internet, entiendo que dicha prestación hoy en día resulta ‘precaria’ por los siguientes extremos: la revocación de la licencia a la operadora que lo brinda; la Resolución SC 102/10 solamente salvaguarda que no se generen mayores costos de instalación o de abono; la enorme complejidad técnica del traspaso en cuestión; la incertidumbre existente en cuanto al momento de su efectivización y sus modalidades; el tiempo transcurrido desde el dictado de las Resoluciones 100/10 y 102/12 SC; y el reconocimiento efectuado por el propio Estado Nacional en cuanto a que el servicio continua prestándose por las medidas cautelares dispuestas por distintos jueces, las cuales es sabido se caracterizan por ser temporales y pueden ser dejadas sin efecto en cualquier momento”.
Así, López afirmó que se encuentra habilitada la tutela preventiva e inhibitoria de la acción de amparo ya que los derechos de los usuarios están amenazados por la precariedad del servicio actual de Fibertel, el cual puede ser interrumpido en cualquier momento como consecuencia de la situación imperante.
En tal sentido, aclaró que la acción está enfocada desde la óptica de los derechos de lo consumidores y usuarios que resultan ajenos a la relación entre el Estado Nacional y Fibertel.
Por último, López señaló que un servicio esencial como el de Internet no puede estar subordinado al resultado de un proceso de revocación de licencia. Ya que los derechos amparados por el texto constitucional se ven amenazados por el accionar del Estado y la empresa, el juez concluyó en que se “obliga a la Magistratura a velar por su salvaguarda, ordenándose tanto al Estado Nacional como a Cablevisión – Fibertel S.A., que arbitren los medios necesarios para asegurar la continuidad del servicio de Internet, en forma ininterrumpida y en idénticas condiciones, a los usuarios de la operadora co-demandada”.

Vía Abogados

Cablevisión invertirá USD1.200M en Argentina en los próximos cuatro años

Cablevisión continuará inyectando fondos a la operadora de TV paga y a la proveedora de Internet Fibertel en los próximos cuatro años con inversiones que involucrarán.

Así lo admitió ante El Cronista, Carlos Moltini, CEO de Cablevisión, quien se encuentra en Mar del Plata asistiendo al 47 Coloquio de IDEA que se desarrolló la semana pasada en Argentina.
El ejecutivo sostuvo que "la ley de medios y la persecución que nos hace el Gobierno no nos va a impedir seguir mejorando nuestros servicios, tal como lo hemos venido haciendo incluso desde que se aprobó la fusión con Multicanal, en 2006".
En ese marco, agregó que las próximas inversiones servirán para la ampliación de su red, la expansión de sus servicios y avanzar de una manera más acelerada hacia la digitalización total de su infraestructura, además de incorporar la alta definición de manera masiva.
Habrá nuevos productos como el VOD en marzo o abril del año que viene. Se trata del video bajo demanda mediante el cual los abonados de la empresa podrán acceder a una librería de 3.000 títulos de películas. El servicio además va a contemplar los cuatro modelos fundamentales que existen en el mundo y que son el transaccional, el de suscripción, el Catch UP TV y el gratuito.
Otro producto en carpeta que también será lanzado en 2012 se denomina OTT, mediante el cual sus abonados podrán acceder a los contenidos de Cablevisión no solo desde un televisor, sino a partir de cualquier otro dispositivo como una computadora, una laptop, un smartphone o cualquier otro teléfono de los denominados inteligentes. Por ese motivo, la empresa analiza incorporar Widgets, para sumar este tipo de contenidos.

Fibertel ofrece servicios a varias ciudades del Gran Asunción

Fibertel de Paraguay planea extender sus redes a las ciudades del Gran Asunción, informó o Enrique Cazaña, gerente general de la firma, señalando que la extensión de redes es un proceso que requiere de una gran inversión y extensión considerable de tiempo.

Con relación a las localidades que abarcaría la extensión de la compañía explicó que no todas las ciudades del Área Metropolitana tienen una densidad que justifique la extensión de redes en las mismas, según publica LaNación.
Señaló que actualmente ya han llegado a los 9.000 clientes en la ciudad de Asunción y con las proyecciones que se tiene actualmente se sobrepasarán los 10.000 abonados para fines de 2011 con lo que la empresa duplicará la cantidad de usuarios ya que a inicios de este año tenían 5.000 conexiones, aseguro el responsable.
Esta extensión de la infraestructura se halla previsto en la inversión de USD26 6 millones que fueron señaladas en el lanzamiento de las señales Premium de Cablevisión.
Fibertel fue la primera compañía en ofrecer servicio de internet con capacidades de hasta 10 megas en el mercado paraguayo y proyecta también la ampliación de sus capacidades próximamente hasta 30 megas de ancho de banda.

Fibertel lanza banda ancha de 30 megas en Argentina

La operadora de TV paga Cablevisión avanza en el negocio del acceso a internet y comenzó a ofrecer 30 megas de conexión a la web para los clientes de Fibertel.

Este anuncio se da con un escenario político y judicial por lo menos movido, si se tiene en cuenta que, tras las elecciones de agosto y con las presidenciales de octubre en carrera, el Gobierno busca profundizar la embestida contra el grupo de medios vinculada a la ley de Medios Audiovisuales y a la continuidad de Fibertel como titular de una licencia para ofrecer conexión a Internet.
Más allá de estos hechos, la decisión del grupo Clarín de inyectar fondos a la operadora de TV paga y a Fibertel está tomada y anunció que destinará USD1.500 millones para incrementar la velocidad de la banda ancha a 30 megas.
En realidad, se trata de un sistema denominado Wideband, que ya funciona en otros países como Estados Unidos, y que permite acelerar los estándares de velocidad para los clientes residenciales a 30 megas para la bajada de datos y a 3 megas para la subida.
Bautizado como Fibertel Evolution, el servicio estará disponible a partir de esta semana a un costo de $450 mensuales y, según Cablevisión, es el primer producto Wideband de la Argentina.
Dos años de trabajo y 150 millones de pesos de inversión demandaron la preparación de la red de fibra óptica para dar el salto. Hasta ahora, la mayor velocidad que ofrecía Fibertel era de 6 megas.
Estará disponible, por ahora, en Capital Federal, conurbano bonaerense, Campana, Zárate, La Plata, Santa Fe, Rosario, Córdoba, Paraná y Mar del Plata.

Fibertel planea lanzar internet 30 megas en Paraguay

Fibertel, unidad de la compañía Cablevisión, planea lanzar al mercado paraguayo planes de hasta 30 megas en internet.

Al respecto, Julio Desvars, gerente técnico de Cablevisión y Fibertel, señaló que las condiciones técnicas para brindar las prestaciones de internet de hasta 30 megas de capacidad ya están listas; sin embargo, faltan las pruebas de los servicios y el visto bueno del departamento comercial de la compañía.
Estas prestaciones estarían listas para el año próximo.
Ahora está para ser lanzado comercialmente el de 15 megas y después van a venir anchos de banda mayores. Cuando lanzamos 3 megas decíamos quién va a utilizar ese plan, sin embargo, ahora la mitad de los abonados tiene el plan de 3 megas”, comentó Desvars.
“La tecnología de transmisión es la que nos permite modular hasta 30 megas por usuario sin problemas, inclusive más, y lo estamos implementando poco a poco”, señaló Enrique Bañuelos, responsable del área digital de Cablevisión.

Justicia revoca fallo y complica al Grupo Clarín con Fibertel

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó un fallo que había ordenado garantizar la continuidad del servicio a usuarios de Fibertel, luego de una resolución del Gobierno nacional que dispuso la caducidad de la licencia a dicha empresa.

El Tribunal dio marcha atrás y revocó una resolución de primera instancia la cual había ordenado en agosto pasado al Estado y a las empresas Cablevisión y Fibertel adoptar "en forma inmediata" los medios para asegurar a sus abonados la continuidad del servicio de Internet.
La causa se inició tras un amparo presentado por la asociación civil Defendete a raíz de la resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicaciones, que dispuso la caducidad del servicio de Internet a dicha empresa.
"La verosimilitud del derecho invocado por la actora no alcanza -por el momento- el grado de apariencia necesaria para desvirtuar tal presunción de legalidad pues debo advertir que el Estado Nacional ha justificado ‘prima facie’ su accionar legal puesto que prima facie actuó dentro del marco de la Resolución 100/10 y la citada disposición normativa fue emitida por la Secretaría de Comunicaciones en ejercicio de sus legales atribuciones", remarcó la Cámara.
Además, los jueces aclararon que "si se permitiera enervar las disposiciones de tal normativa mediante la medida pretendida por el actor, tal resolución resultaría frustratoria del ejercicio de poder normativo que está facultado a ejercer dentro de su ámbito de acción y de su esfera de competencia la Secretaría de Comunicaciones". Por eso, el fallo señala que la resolución del Gobierno es "irrazonable o arbitraria".

Consumidores argentinos presentan demanda contra Fibertel por USD636M

La asociación de defensa del consumidor Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC) reclamará a la justicia de Argentina que Fibertel, la extinta empresa proveedora de Internet propiedad del Grupo Clarín, devuelva a un grupo de 60.000l clientes una suma cercana a los USD636 millones sólo en capital puro, sin contar intereses.

La demanda tuvo un largo recorrido judicial, según informa Tiempo Argentino, incluido un año entero en la que la causa no tuvo un juez a cargo, por lo que ahora la entidad presentará un recurso extraordinario a la Corte Suprema de ese país.
PADEC reclama, en otros puntos, que existía un trato discriminatorio y no equitativo contra los clientes cautivos de la banda ancha de Fibertel, que pagaban por el servicio abonos de hasta USD31,8, mientras los que ingresaban con promociones pagaban hasta USD9,8, con facilidades a la hora de cancelar el servicio que no disponían los clientes más antiguos.

Revisan una denuncia de Fibertel en Argentina

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal revocó una resolución que había ordenado el archivo de una causa iniciada por denuncia de Cablevisión.

En dicha resolución se había acusado a integrantes de la Secretaría de Comunicaciones y de la Comisión Nacional de Comunicaciones por el delito de abuso de autoridad, por haber dictado resoluciones vinculadas a la declaración de la caducidad de la licencia.
El sitio "cij.gov.ar" publicó que la Cámara exige que el juez se expida sobre la relevancia penal de la denuncia, en procura del derecho al acceso a la Justicia reconocido por el artículo 18 de la Constitución.

Confirman el rechazo a un amparo contra la resolución que dispuso la caducidad de Fibertel

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo que había rechazado una acción de amparo iniciada por un particular contra la resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicaciones, que dispuso la caducidad de la licencia de la empresa Fibertel para la prestación de servicios de internet.


En primera instancia, el juez había desestimado el amparo porque consideró que el particular “no acreditó la real afectación que ha sufrido” como consecuencia del dictado de esa norma, y porque entendió que “el estrecho marco de conocimiento del amparo no permite tener por configurada la arbitrariedad o ilegalidad manifiesta alegada, en tanto la pretensión tiene sustento en cuestiones fácticas cuya complejidad exige mayor debate y prueba”. Esa decisión fue apelada y ratificada ahora por la Cámara.
Según el tribunal –con el voto de los jueces Jorge Morán, Sergio Fernández y Luis Márquez-, “el recurrente no ha controvertido adecuadamente la eficacia de la vía ordinaria para salvaguardar su derecho, toda vez que un proceso de esa índole puede ir acompañado de las medidas precautorias necesarias para que aquél no se vea eventualmente frustrado, claro está, si se configuran los requisitos para su otorgamiento”.
Agregó que “si bien el actor tiene derecho a continuar recibiendo el servicio en condiciones económicas y tecnológicas similares, la vulneración de aquél no ha quedado demostrada en autos, en tanto su derecho a contratar no involucra necesariamente la continuidad del vínculo con un prestador que no cuenta con licencia para prestar el servicio”.
En efecto, indicó, “el Estado Nacional sostuvo al contestar el informe circunstanciado que se encuentra asegurada la prestación del servicio de internet al actor, bajo las modalidades que recibía anteriormente”.
Destacó que esa cuestión fue controvertida por el particular, quien señaló que muchos de los 36 prestadores indicados por el demandado no brindarían el servicio en su zona o lo harían en inferiores condiciones de calidad.
“Mas allá de que el actor no intentó acreditar el perjuicio que le ocasionaría el cambio de prestador, lo cierto es que dicha cuestión involucra aspectos técnicos que naturalmente exigen una amplitud de debate y prueba mayor que la que ofrece el estrecho marco del amparo”, aseguró.
Y añadió: “Tampoco puede soslayarse que la Resolución SC Nº 102/10 garantiza que el cambio de proveedor no implique un incremento en el abono, ni la exigencia de derecho de conexión, instalación, alquiler de MODEM ni cualquier otro cargo de acceso al servicio”.
Finalmente, dijo que “la invocación de su calidad de usuario, sin la demostración del perjuicio concreto que le causaría el cambio de prestador, es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de cuestionar la caducidad de la licencia a Fibertel S.A., a quien el actor no representa. En este sentido, los argumentos referidos a la validez de la sanción impuesta a Fibertel S.A. y los alcances de su absorción por parte de Cablevisión S.A. respecto del marco regulatorio aplicable, sólo podrán ser eventualmente propuestos y tratados en el marco de un caso o controversia que involucre a los respectivos titulares de la relación jurídica sustancial”. (Con información del Centro de Información Judicial)

Fallo judicial autoriza a Fibertel a operar en Argentina

La Justicia dejó sin efecto la resolución oficial contra Fibertel
La Justicia resolvió dejar sin efecto la resolución del Gobierno contra Fibertel, la proveedora del servicio de conexión a Internet. Los jueces Graciela Medina y Ricardo Recondo hicieron lugar a un amparo presentado por la Asociación de Defensa de la Competencia (ADC) y determinaron que “el Estado Nacional se abstenga de ejecutar la resolución 100/10, garantizando la posibilidad de que nuevos usuarios contraten los servicios de acceso a Internet que ofrece Cablevisión, a través de Fibertel”.
ADC se había presentado ante la justicia para defender el derecho de los consumidores a elegir su prestador de servicio de conexión a internet.
El fallo establece que el amparo obedece a “la ponderación de un derecho colectivo” como es el acceso libre a Internet.

Un fallo judicial confirmó la caducidad de la licencia de Fibertel

Un fallo de la justicia contencioso administrativa federal confirmó hoy la caducidad de la licencia de la empresa Fibertel para prestar servicios de internet, resuelta por la Secretaría de Comunicaciones el año pasado.

Al rechazar una medida cautelar presentada por una particular, la jueza Rita Ailán, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 4, destacó las “facultades reglamentarias que, en principio, ostenta el Poder Ejecutivo Nacional, vinculadas a la prestación de un servicio público”.
La jueza aludió de esta manera a la resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicaciones, dictada el 19 de agosto de 2010 cuya “ilegalidad e inconstitucionalidad” había sido reclamada en una acción de amparo por una clienta de la empresa Cablevisión.
La particular había fundamentado su reclamo en "la necesidad del servicio" en virtud de su actividad profesional y afirmó que la resolución violenta su derecho de propiedad, "por impedir usar sus recursos, del modo que considera más eficiente para facilitar su derecho a trabajar".
Asimismo, consideró que ninguna autoridad la puede obligar a migrar de la prestadora del servicio, salvo que le acrediten que la compañía violó alguna norma que hace a la licitud en el ejercicio de sus derechos.
Por ello, calificó a la resolución que impugnaba de "abusiva" en tanto, a su entender, la misma no responde a un fin jurídico y viola su derecho a contratar libremente.
Según la magistrada, "para la procedencia de una acción de amparo no sólo es necesario que concurra un supuesto de arbitrariedad o de ilegalidad, sino que se requiere además que ello resulte de manera manifiesta".
"Dichos requisitos no concurren en el presente caso, donde en definitiva se cuestiona el dictado de la Resolución N° 100 de por la Secretaría de Comunicaciones y se la califica de inconstitucional, por considerar que la misma obliga a la accionante a emigrar del servicio de transmisión de datos que venía prestando la empresa Fibertel SA", señaló la jueza.
"Esta circunstancia denota por parte de la actora una interpretación diferente respecto de las facultades reglamentarias que, en principio, ostenta el PEN, vinculadas a la prestación de un servicio público, cuyo análisis notoriamente excede el restringido marco de conocimiento de la vía adjetiva elegida por la actora para su cuestionamiento", añadió.

Fallo judicial de Córdoba dispone que siga Fibertel en toda Argentina

Una nueva medida cautelar asegura la continuidad de Fibertel y establece que ningún organismo nacional, provincial ni municipal deberá perturbar los servicios de Internet y televisión por suscripción que prestan Fibertel y Cablevisión, del Grupo Clarín.

La resolución, dictada por el titular del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, suspende la resolución 100/10, por la cual el 19 de agosto pasado la Secretaría de Comunicaciones de la Nación dispuso, sin sumario previo alguno, la caducidad del servicio de Fibertel. Ese día, el ministro de Planificación, Julio De Vido, había asegurado que "Fibertel dejó de existir".
Según explica el diario La Nación, la medida judicial no sólo se aplicará en Córdoba, sino que deberá ser respetada a nivel nacional por todos los organismos públicos, porque el servicio de Internet fue montado por Cablevisión sobre una red troncal propia que brinda servicios de televisión y transmisión de datos a nivel nacional.

Cablevisión seguirá brindando servicio de internet mediante Fibertel

La empresa de cable recordó que el fallo de cámara “no está firme” y entonces seguirá brindando el servicio de internet, “amparado” en “diferentes medidas judiciales” que la legitima en todo el país.

La empresa salió al cruce de “alusiones de medios oficiales acerca de la caducidad de la licencia de Fibertel”.
“La medida conocida hoy en ningún modo modifica la situación legal de la compañía, cuyo servicio de Internet sigue estando absolutamente vigente”, añadió la empresa.
También señaló que existen actualmente en trámite en diversas localidades de todo el país, por ante la Justicia Federal, “más de cuarenta acciones iniciadas por usuarios y asociaciones de consumidores reclamando la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución 100”.

Justicia de Argentina prohíbe una publicidad oficial contra Fibertel

Justicia argentina ordenó a canales de TV abstenerse de difundir comercial sobre Fibertel. Alcanza a los canales 7 y 9, y a las señales de cable de Crónica y Canal 26.

(comunicarinfo) El juez Edmundo Carbone, titular del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 1, ordenó a los canales de televisión abierta 7 y 9 y a las señales de cable Crónica y Canal 26 abstenerse de difundir un comercial sobre la marca Fibertel, así como su difusión no autorizada por cualquier medio.
Se trata de una medida cautelar “innovativa”, según explica Centro de Información Judicial.
En la resolución, el magistrado señaló que “en las publicidades señaladas se hace mención de la marca de la actora, intentando desacreditarla, denigrarla o desmerecerla, con el agregado de que se alude a un juicio explícitamente disvalioso hacia la marca del accionante, lo que me llevan al convencimiento de que se produce el supuesto censurable del uso de la marca ajena”.
Puntualmente, el fallo se refiere a un spot donde un locutor, en emisiones de "Fútbol para Todos", le hablaba al televidente diciéndole: "Si sos usuario de Fibertel en estos días, esa empresa te contó un cuento. Como sabemos que querés estar informado, hay cosas que tenés que conocer".
"¿Qué pasó? -decía la publicidad-. Fibertel, una de las tantas operadoras de Internet de la Argentina, estaba funcionado sin la debida licencia. Ahora, bien. Si la empresa sabía que no estaba autorizada y no informó, todos los usuarios eran perjudicados". En otro tramo, la publicidad instaba a iniciar juicio a la operadora de Internet. "Le puedo iniciar un juicio?, sin duda, tenés todo el derecho a reclamar por aquello que pagaste mientras la empresa funcionaba de forma ilegal", preguntaba y respondía el spot oficial.

La Justicia de Salta ordena que continúe el servicio de Fibertel

La Cámara Federal  de Apelaciones de Salta ordenó a Cablevisión dar continuidad al servicio de Internet que brinda la empresa Fibertel por 120 días más a la vez que intimó al Estado Nacional a que se abstenga de interrumpir el servicio durante ese tiempo.

En una causa presentada por la Unión de Consumidores de Argentina contra Cablevisión y el Estado Nacional la justicia ordenó al segundo que "en el plazo citado adopte las medidas necesarias para garantizar los derechos de los usuarios de la provincia de Salta como consecuencia de la aplicación de la resolución CNC 100/10".
Por su parte la querellante Unión de Consumidores de Argentina consideró que el fallo de cámara "Es un claro reconocimiento a los derechos de los usuarios y a la legitimidad de las asociaciones de consumidores para defenderlos".
El fallo de Salta se suma a medidas similares dispuestas por la justicia en Mar del Plata y La Plata.

Juez cordobés acepta se suspenda la licencia de Fibertel en Argentina

Un juez de Córdoba dispuso que se aplique la aplicación de la resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicaciones que determina la caducidad de la licencia de Fibertel.

(comunicarinfo) El juez cordobés Alejandro Sánchez Freytes, titular del Juzgado Federal Nº 2, rechazó una medida cautelar presentada por un cliente de la empresa Fibertel que pretendía frenar la resolución 100/10 de la Secretaría de Comunicación del Gobierno que dispuso la caducidad de la licencia de esa compañía de internet.
Para el juez, “no aparece patente la arbitrariedad del Estado puesto que Fibertel y Cablevisión no habrían obtenido la previa autorización de la autoridad de aplicación para llevar adelante el proceso de reorganización societaria por el cual la primera se ha disuelto sin liquidarse, violando aparentemente el régimen regulatorio vigente, al cual se encontraría sujeta Fibertel SA en razón de su condición de licenciataria de Servicios de Telecomunicaciones”.
Además, el magistrado indicó que “en cuanto al peligro en la demora invocado no se encontraría configurado ya que, según afirma, el Estado Nacional acompañando informe de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones que avala sus afirmaciones, el servicio brindado por la Ex Fibertel SA se encontraría garantizado a través de otras empresas que en similares condiciones pueden prestarlo. En relación a la particular situación del Sr. Rodriguez, habitante de la Ciudad de Villa Carlos Paz, el servicio puede ser prestado por Telecom Argentina SA (arnet), Claro y MoviStar, sin necesidad en el caso de estas dos últimas de contratar telefonía fija”.

Desestiman causa donde reclaman a Cablevisión restituir dinero

Un juzgado nacional de primera instancia desestimó la medida cautelar promovida por una asociación civil contra Fibertel, en el que pedía a la firma titular, Cablevisión, resarcir a los usuarios de la cable operadora por prestación del servicio de manera supuestamente ilegítima.

(Abogados.com.ar) En los autos caratulados “Red Argentina de Consumidores - Asociación Civil c/ Cablevisión S.A. y otro s/ proceso de conocimiento”, Red Argentina de Consumidores asociación civil promovió demanda contra Cablevisión S.A., en su carácter de absorbente de Fibertel S.A., donde precisó que la presente causa tiene por objeto se declare que fue abusiva, ilegal e ilegítima la forma en que la accionada tratara a los clientes de la empresa Fibertel S.A., a partir del 15 de enero de 2009.
La actora sostuvo que la demandada violó las obligaciones a su cargo, debido a que omitió notificar que no se encontraba amparada por licencia alguna o que su licencia podía ser caducada, porque la transferencia operada estaba pendiente de una expresa autorización de la autoridad administrativa competente.
Según la demandante, tal situación provocó que la prestación del servicio se llevara a cabo de manera ilegítima, por lo que se perjudicó a los usuarios que contrataron con la empresa sin contar con la información completa y adecuada, por lo que pretende que se condene a la demandada a restituir a todos y a cada uno de sus clientes el importe total de las sumas de dinero percibidas injustificadamente a partir de la mencionada fecha, y mientras continúe tal situación.
Tras resaltar que la restitución del importe correspondiente resultará de detraer al precio percibido, neto de impuestos, los costos del servicio efectivamente prestado y, además, requiere que se aplique a la demandada una multa civil en los términos establecidos en el artículo 52 bis de la ley 24.240, la actora solicitó que se dicte una medida cautelar que disponga un embargo por la suma de $160.546.899, junto con la inhibición general de bienes y una prohibición para la empresa de autorizar y/o practicar reparto de ganancias.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que “no es procedente acceder a la medida cautelar, en los términos solicitados, en tanto los elementos aportados a la causa no permiten, por el momento, tener por acreditados con la nitidez suficiente, dentro del estrecho marco de conocimiento de este tipo de medidas, la concurrencia de los requisitos necesarios para su admisión”, debido a que “no se encuentra acreditado cuál sería el perjuicio irreparable ni se advierte situación alguna de la que resulte el riesgo inmediato que la ejecución de la sentencia que pudiere dictarse pudiera tornarse imposible”.
 


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