De acuerdo a la investigación realizada por el escritor y
periodista Horacio Verbitsky, La Nación obtuvo en octubre de 2003 una medida
cautelar que "le permitió descontar hasta hoy de su liquidación del IVA lo
que pagaba como aportes patronales, con el argumento de que el crédito fiscal
seguía vigente hasta que el Poder Ejecutivo encontrara la “solución
alternativa”.
En el artículo periodístico se detalla, en base a
información de la AFIP, que La Nación "dejó de pagar 150 millones de pesos
de capital, a los que suma otros 130 millones de intereses, para llegar al
total de 280 millones".
La causa se originó en los acuerdos de competitividad de
2001 que intentaron prolongar con "inyecciones de benevolencia fiscal la
agonía del sistema de convertibilidad monetaria", revela el artículo de
Página/12.
En junio de 2001, el decreto 730 permitió que los medios de
comunicación no pagaran el impuesto a la ganancia mínima presunta y computaran
las contribuciones patronales sobre la nómina salarial como crédito fiscal en
el momento de la liquidación del IVA.
Este auxilio -agrega el artículo periodístico- debía
prolongarse hasta marzo de 2003, pero en noviembre de 2001, otro decreto
también firmado por el ex ministro de Economía Domingo Cavallo y el ex
Presidente Fernando De la Rúa (1387/01) extendió ese beneficio a todos los
contribuyentes para el período fiscal a iniciarse en abril de 2003.
El ingreso al acuerdo de competitividad requería la
preservación del empleo y el congelamiento del precio de tapa de los diarios,
pero La Nación y otros medios incumplieron ese compromiso, aduciendo el aumento
de costos.
Luego, en marzo de 2003, el diario La Nación, al igual que
el resto de los medios de comunicación y el sector de transporte de carga, se
vio beneficiado con la excepción por el "plazo mínimo y acotado" de
cuatro meses del decreto de necesidad y urgencia 746, que eliminaba el cómputo
de las contribuciones patronales como crédito fiscal.
Meses después, el 30 de octubre de 2003 el juez en lo
contencioso administrativo federal Osvaldo Guglielmino resolvió que mientras el
Poder Ejecutivo no encontrara la solución alternativa, los medios podrían
seguir descontando los aportes patronales en la liquidación del IVA, tal como
pretendían.
El 6 de noviembre de 2008 los camaristas Marta Herrera y
Carlos Grecco, de la sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso
Administrativo Federal, levantaron la medida cautelar dictada por Guglielmino,
pero siete meses después la Corte Suprema de Justicia decidió que "la
medida provisoria sería permanente, hasta que la propia Corte Suprema
resolviera si es legítimo o no que La Nación siga descontando los aportes
patronales".
Por último, en el artículo de Página/12 se informa que
cuando la AFIP pidió que la fijación de un “límite razonable” para la vigencia
de las medidas cautelares decidida por la Corte Suprema en octubre de 2010, se
aplicara también a los impuestos que no paga La Nación, el máximo tribunal
convocó a una audiencia de mediación, que "no se hizo pública y sobre la
cual tampoco hay información disponible en el Centro de Información Judicial
(CIJ). Allí la AFIP rechazó que los considerandos del decreto 746 pudieran ser
tomados como un compromiso".