La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la decisión de primera instancia que obliga a Cablevisión, la cablera del Grupo Clarin, a cobrar una cuota de 109 pesos sin aumentos.
Los jueces resolvieron “rechazar” el recurso de queja
articulado por el apoderado de Cablevisión S.A., Gerardo Viramonte, en contra
de la resolución de fecha 8 de junio de 2011 dictada por el juez federal de
Villa María, Mario Garzón, quien había dado a lugar a un recurso de amparo
promovido por dos usuarios de esa localidad cordobesa.
El juez Garzón había dado a lugar al recurso de amparo
presentado en carácter de ciudadanos por Carlos De Falco y Ricardo Borsato,
residentes en Villa María, invocando el artículo 43 de la Constitución
Nacional.
En ese marco jurídico constitucional habían solicitado que
la compañía Cablevisión cumpla con la norma dispuesta por la Secretaría de
Comercio de la Nación, que estableció una cuota de 109 pesos para el abono
mensual del servicio de cable.
El instrumento del organismo nacional había establecido que
ese monto debía cobrarse por los meses de enero hasta abril y luego prorrogado
hasta junio, y que la empresa no habría acatado al enviar las boletas por el
monto de 143 pesos mensuales.
Cablevisión apeló la medida y lo que ahora hizo el tribunal,
integrado por los jueces Abel Sánchez Torres, Octavio Olmedo y Graciela Montesi
de Bobone, es “rechazar” el planteo de la empresa y consecuentemente avalar el
reclamo de los usuarios y la decisión del juez Garzón.
Los jueces entienden que “sin que signifique pronunciarse
acerca de la materia propia del recurso de apelación articulado, corresponde
rechazar el recurso de queja y en consecuencia confirmar la resolución
recurrida en cuanto concede el recurso de apelación con efecto devolutivo”.
Asimismo, consideran que el recurso de amparo planteado
“involucra la protección de derechos de más alto rango”.