Tras la aprobación en el Senado chileno del Proyecto de Ley que regula la instalación de antenas celulares, el Gobierno espera que con esto se terminen los vacíos legales que existían en esa materia hasta hoy.
La autoridad explicó que, hasta ahora, la falta de una regulación adecuada "ha dejado indefensa a la ciudadanía y sin facultades a los municipios. Incluso nosotros, como Subtel y el ministerio de Vivienda, no podemos evitar la instalación indiscriminada de antenas y es urgente un cambio legal que ordene su desarrollo", dijo el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz.
En Chile ya existen 21 millones de usuarios de telefonía móvil. La tendencia internacional proyecta que en Chile la necesidad de los usuarios por mayor conectividad hará crecer la demanda por mayor capacidad y cobertura de las redes móviles entre 4 y 5 veces para el 2015. Ello, junto a la entrada de nuevos operadores al mercado, exige un equilibrio legal que recogerá la nueva Ley.
En este contexto, el proyecto plantea un modelo que incentive la instalación de antenas pequeñas y el uso de espacios públicos; que incentive la instalación de antenas con bajo impacto urbanístico que respeten su entorno; que los Ministerios de Salud y Medio Ambiente dicten los protocolos de radiaciones máximas, de acuerdo a los rangos internacionales y a las recomendaciones de la OMS. Además, que con efecto retroactivo, no permita la aglomeración de antenas, entregando una solución razonable a las que ya existen y que compense a la comunidad cuando se trate de torres de más de 12 metros y ermita que los vecinos que están en el perímetro de 2 veces la altura de la torre, puedan solicitar el revalúo fiscal de sus propiedades para el pago de sus contribuciones.
Destaca que el proyecto introduce, por primera vez, el principio precautorio en materia de salud pública y radiación electromagnética, de tal forma que Chile siempre esté entre los cinco países más estrictos de la OCDE, siguiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.