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Grupo Clarín deberá desinvertir antes del 7 de diciembre

Escrito por Nicolas Largo el miércoles, 23 de mayo de 2012 | 10:19

La Corte Suprema resolvió finalmente ayer la disputa entablada por el Grupo Clarín contra la Ley de Comunicación Audiovisual al fijar el 7 de diciembre como el plazo final para que el multimedios se adecue a la norma. 
Si bien el tribunal rechazó el pedido de levantamiento de la medida cautelar contra el artículo 161 formulado por el Estado Nacional, dispuso que el 7 de diciembre vencerá dicha medida interpuesta por Clarín. "Las medidas cautelares no pueden sustituir la solución de fondo", sostuvo.
En su habitual acordada de los martes, el máximo tribunal se pronunció en la causa "Grupo Clarín SA y otros sobre medidas cautelares". Para la Corte, las medidas cautelares "son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica", explicó. El tribunal resolvió en forma unánime que el plazo "razonable" de 36 meses de la disposición provisoria de la Justicia que frena la aplicación del artículo 161 de la ley, que obliga a la desinversión en el caso de multiplicidad de licencias, se debe contar desde el 7 de diciembre de 2009, cuando se ordenó la medida.
La "cuestión de fondo" a la que aludió el tribunal es la relacionada con la constitucionalidad de los artículos 41 (sobre transferencias de licencias) y 161 de la ley 26.522, que aún no tiene fallo en ninguna instancia. La Corte aclaró que, como la demanda del Grupo Clarín se ubicó en el marco del derecho de defensa de la competencia, o sea de contenido patrimonial, no se abordó tampoco la supuesta afectación a la libertad de expresión, ya que "en la causa no hay más que una mención al tema" y "sin elemento probatorio".
El tribunal recordó que para los otros medios de comunicación el plazo de desinversión de un año previsto en el artículo 161 de la Ley 26.544 venció el 28 de diciembre de 2011, tras dos prórrogas por sendas resoluciones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA). Y si bien resolvió mantener la medida cautelar porque ya se había pronunciado en ese sentido el 5 de octubre de 2010, cuando ordenó que se fijara un plazo "razonable", destacó que la misma "no afecta de ningún modo la aplicación general de la ley 26.522". Y dispuso que el plazo de 36 meses "no resulta irrazonable y se ajusta a los tiempos que insume la vía procesal intentada".
El artículo 161, bloqueado por la medida cautelar de Clarín a la que se puso fecha de vencimiento, impone un plazo para adecuarse a la desmonopolización: obliga a la "desinversión" o venta, por parte de empresas o grupos, de aquellos medios que excedan lo permitido por la ley.

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