Un juzgado resolvió obligar a la empresa Cablevisión a cumplir con la grilla de canales establecida en la ley de Comunicación Audiovisual.
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Cablevisión deberá ordenar la grilla según el género de cada programación |
El juzgado a cargo de
Pablo Cayssials, resolvió ordenar a Cablevisión S.A. a disponer su grilla
tal cual lo establece el artículo 63 de la ley de Servicios de Comunicación
Audiovisual.
Según Telam, esto
significa que Cablevisión deberá ordenar la grilla conforme el género de cada
programación; por ejemplo: señales destinadas a programas infantiles,
educativos e informativos, ubicadas en forma correlativa; dar prioridad a las
señales del Estado como así también a las señales locales, regionales y
nacionales.
De esta manera se intimó
al Grupo Cablevisión, que "incurre en falta sistemática" sobre este
particular, a respetar lo establecido por la ley y su posterior reglamentación
aplicando, como los demás cable operadores, el orden establecido en la grilla a
partir de la resolución 296 del AFSCA, que reglamenta el artículo 63.