El Consejo de Estado de Colombia anuló laudo arbitral contra Une-EPM que la
obligaba a cancelar más de 17.000 millones de pesos a Comcel .
Comcel demandó a Une-EPM por considerar que la entidad actuó
de manera negligente respecto de sus obligaciones contractuales.
Según la demanda, Une-EPM permitió supuestas irregularidades
en las adjudicaciones de líneas de telefonía y le causó perjuicios
patrimoniales a Comcel.
Sin embargo, la Sección Tercera del alto tribunal consideró
que el tribunal de arbitramento convocado por Comcel no cumplió los trámites
jurídicos establecidos en este tipo de procesos.
Los árbitros, señala el fallo, debieron solicitar una
interpretación prejudicial del caso ante el Tribunal de Justicia de la
Comunidad Andina.
El requisito, según el Consejo de Estado, es indispensable
para que las partes se enteren de las normas que le son aplicables en el caso.
Incumplir el procedimiento, "constituye un yerro
procedimental que afecta la validez del laudo correspondiente y abre las
puertas a su declaratoria de nulidad”, indica la sentencia.
La decisión acogió una ponencia del magistrado Mauricio
Fajardo en la que califica el requisito establecido por la Comunidad Andina de
Naciones como de obligatorio cumplimiento.
Con base en lo establecido por las partes en un contrato
firmado en el 2005 por las dos entidades, cualquier conflicto sería resuelto
mediante laudo arbitral. Sin embargo, Une-EPM interpuso recurso extraordinario
de anulación contra el laudo, que da origen al fallo actual.