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Periodistas piden cambiar cárcel por multa en litigios por libre expresión en El Salvador

Escrito por Nicolas Largo el sábado, 30 de octubre de 2010 | 17:27

La Asamblea Legislativa de El Salvador recibió, la semana pasada, una propuesta de los gremios de medios de comunicación para cambiar las penas de cárcel por multas a los informadores y ciudadanos que sean condenados en litigios por libre expresión.

La iniciativa, que fue avalada por todos los partidos salvo el FMLN para entrar al pleno, busca paliar el impacto generado por el fallo emitido por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema contra el inciso tercero del artículo 191 del Código Penal, que prácticamente consagra la penalización de la libre expresión.
Los periodistas y representantes gremiales se reunieron en uno de los recintos del Salón Azul con los legisladores, quienes estamparon sus firmas en el proyecto para dar iniciativa a la pieza de correspondencia.
La propuesta plantea criterios de ponderación que se deben tomar en cuenta a la hora de juzgar uno de los llamados delitos contra el honor y las penas en razón de días multa, es decir $6.92 si es salario mínimo.
Para el caso, se sanciona la calumnia con multas que van de 100 ($692) a 200 ($1,384) días multa, y si fuese reiterada o con publicidad, de 200 hasta 360 ($2491) días multa.
Cuando se trate de difamación se le castigará con 50 ($346) a 120 ($830) días multa. Cuando fuese con publicidad el delito, los días multa a pagar van de 240 ($1660) a 360.
Para el delito de injuria los días multa serían de 50 a 100, y de 100 a 180 ($1245) si es con publicidad o reiterada. Si es reiterada con publicidad, el castigo será de 180 a 240 días multa.
Otro punto son los criterios de ponderación que deberán utilizar los juzgadores para determinar si se ha incurrido en un delito contra el honor.
Como punto adicional, se proponen un cambio al inciso primero del Artículo 38, que exime de responsabilidades a los directivos o representantes legales de empresas cuando se trate de calumnia, difamación e injuria.
Por otra parte, piden reformar el inciso tercero del Artículo 183, el cual agrega como legítima difusión de información las publicaciones periodísticas que hayan contrastado las fuentes con anterioridad aun cuando la información resultare falsa.

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