La Sala I de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, confirmó fallo que rechazó amparo realizado por el Diario Rio Negro contra el decreto que prohíbe avisos que promuevan la oferta sexual.
La Sala I de la Cámara Nacional en lo
Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo de primera instancia que
había rechazado una acción de amparo, presentada por Editorial Río Negro SA, a
fin de que se declare la inconstitucionalidad del decreto 936/11, en cuanto
dispuso la prohibición de los avisos que promuevan la oferta sexual, se la deje
sin efecto y se ordene al Estado Nacional que se abstenga de aplicarle
cualquier tipo de sanción.
El fallo fue firmado por los camaristas
Carlos Manuel Grecco, Clara María Do Pico y Rodolfo Eduardo Facio, de
conformidad con lo dictaminado por el fiscal general.
En el caso, el fiscal general había
señalado: “Observo que las críticas del apelante confrontadas con los
fundamentos del a quo no evidencian que en autos se debate una cuestión
eminentemente opinable, lo cual exlcuye toda idea de arbitrariedad e ilegalidad
manifiesta, en los términos del art. 1 de la ley 16.986”.
“Nótese que no cabe acoger favorablemente
al amparo sobre la base de argumentos inconcluyentes, pues se trata de una vía
excepcional que, ciertamente, no comporta –ni podría en ningún caso comportar-
dar solución a todos los problemas que puedan suscitarse; en esta, como en
otras similares circunstancias, las vías judiciales han de reconocer sus
inherentes limitaciones… Ello no impide, desde luego, que el interesado haga
valer los derechos que dice vulnerados mediante la vía que corresponda”,
concluyó.
Vía CIJ