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Tribunal de Justicia de Europa prohíbe el doble canon para las antenas de móvil en España

Escrito por Nicolas Largo el lunes, 16 de julio de 2012 | 10:28

Una sentencia del Tribunal de Justicia europeo de la semana pasada declaró ilegal la tasa que numerosos municipios españoles imponen a las compañías de telefonía móvil por el uso de infraestructuras de telecomunicaciones colocadas en su territorio.

En algunos casos, como el Ayuntamiento de Tudela, uno de los derrotados en litigio, el canon pagado por Vodafone se elevó a 41.348 euros en 2008 y del Orange (filial de France Telecom) a 21.830 euros. Las dos operadoras impugnaron la tasa y han logrado anularla.
El razonamiento de los jueces par dar la razón a las operadoras se basa en que los consistorios estaban sometiendo a las empresas a una doble imposición. Por un lado, cobran una tasa a la que compañía que coloca las antenas de telefonía, que no siempre es la misma que las utiliza. Y por otro, a la compañía que alquila el uso de esa instalación. En este último caso, la empresa abona el canon por vía directa y por vía indirecta.
La sentencia de Luxemburgo es fruto de una consulta prejudicial cursada por el Tribunal Supremo, que es el encargado de dirimir el pleito original entre Vodafone España y France Telecom España contra varios ayuntamientos (Tudela, Santa Amalia y Torremayor).
Los jueces españoles deberán ahora dictar un fallo definitivo siguiendo el dictamen comunitario. 
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